Andrés Bruno ROMERO MANTERO
E
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n el estudio
realizado como Avance para la redacción de las Normas Subsidiarias del
Planeamiento de Calañas, llevé a cabo una exhaustiva investigación sobre la conformación
de la estructura urbana y de su comunidad, tomando como fuente su rico archivo
municipal, así como otros archivos (obispado de Huelva, Metropolitano de Sevilla y otras fuentes de
autores), donde también se encuentran datos para el mismo fin; todo ello para
fundamentar el análisis de la estructura urbana y justificar nuevas propuestas.
De los datos del
siglo XIX, se destacan, en la primera mitad la reconstrucción de la Iglesia
Parroquial de los daños del Terremoto de Lisboa. La descripción de cómo se
celebraban las fiestas de La Coronada y los Santos Sebastián y San Roque.
La invasión de las
tropas napoleónicas, con la aparición de un cura de Calañas, líder de los
vecinos que intervinieron en las escaramuzas que se libraron contra la tropa invasora,
junto a Vva de los Castillejos.
Así como el elevado
coste de la citada guerra al vecindario.
La represión de
Fernando VII respecto al documento de la Constitución y la anulación (¿?) de
todos los acuerdos municipales realizados durante su ausencia en Bayona.
Otra definición de
las características del pueblo definidas en el Diccionario de Pascual Madoz.
En la segunda mitad
del siglo XIX predominan las noticias relativas a la aparición de la actividad
minera, con las ventajas del crecimiento poblacional de inmigración desde otros
puntos de España y Portugal, y profesionales de otras naciones –especialmente
dedicados a la misma actividad minera- la aparición de núcleos mineros (Sotiel,
La Zarza, Perrunal, etc.,.) así como los conflictos derivados de las
calcinaciones al aire libre (la cuestión de los humos).
Siglo XIX.
1.802.- En Enero de este año - según manifiestan los recibos
de sus costes - se comienza la obra de otra restauración de la Parroquia,
(probablemente de los desperfectos acaecidos en el terremoto de 1.755), bajo la
dirección del Maestro Mayor de Obras de Sevilla Santiago de la Llosa y
del Maestro Mayor de Carpintería Francisco del Valle.
1.803.- Se reanudan las obras comenzadas en 1.796, de la Ermita
de Ntrª Srª de los Dolores, que no llegan a culminarse, siendo
posteriormente destinadas a Cementerio de Calañas, cuando en 1.837 se dejen de
efectuar los enterramientos en la Parroquia.
1.807.- El día 28 de Noviembre se recibe en Calañas una
requisitoria desde Madrid, del Iltmo Sr Dn. Bartolomé Muñoz de parte del
Consejo para que se corrijan los excesos en las celebraciones de las romerias
de La Coronada y Santos Mártires, que por la
curiosidad de sus costumbres, entresacamos los siguientes datos:
".......que en la Función llamada de la
Coronada hacen el principal papel el Cuerpo de casados y son por lo común la Gente
joven de alguna posibilidad, la de la arriería, y aquellas que casi
consumen los dias y noches en visitar tabernas: Que estos nombran entre sí quatro
Mayordomos, que sustentan el gasto más crecido de ella y consiste en dar
almuerzo, comida y cena en los tres dias que dura, a todos los
Concurrentes, que es una parte bien considerable del Pueblo..........que dos
noches antes del día señalado para le celebración, que es el último Domingo
de Agosto, hay además (...) general en el Pueblo, donde concurren a comer y
beber a expensas de los Mayordomos.....y entre los concurrentes se prorratean
los gastos necesarios para jugar el día después un toro o baca en el
Real...........Que el obsequio que tributan a la Señora es..... una Misa
cantada dicho Domingo, y la Procesión que con ella hacen alrededor de la
Hermita, que se halla situada una legua distante de Calañas en las margenes
del rio Odiel. terreno bastante irregular y quebradizo, donde permanecen día
y noche las personas de ambos sexos; unos en danzas, otros en patrullas por
aquel Real y todos hasta el amanecer alborotados.............Que lo mismo
sucede con los vecinos de las villas
inmediatas de Valverde y Beas, porque junto a dicha Hermita de la Coronada hay
otra de Ntrª Srª de España, y el Domingo inmediato 1º de Septiembre concurren
unos y otros a prestar obsequios a la Madre de Dios, los de Valverde en la de
la Coronada y los de Beas en la de España, donde siendo sus cultos iguales a
los de Calañas y la diversión de todos por el propio orden y respeto, son los
excesos los mismos sino son mayores....."
".....Que para la Festividad de Sn.
Sebastian y Sn. Roque se juntan los Mozos del Pueblo, entre los quales se
nombran a otros quatro Mayordomos, a cuyo cargo es comprar un buey o baca que
juegan la víspera y acopiar comida y bebida para las noches y dias señalados
que costean entre todos los dichos Mozos. Que el de la solemnidad es el Domingo
penultimo de Agosto, y tres noches antes hay también convite general en las casas de dichos
Mayordomos que dura hasta el dia, entrando y saliendo en patrullas y paseando
alternativamente el Pueblo: Que en dicho Domingo hay Misa cantada en la Hermita
titular y Procesión alrededor a que concurren ellos mismos con su tambor y
danza de espadas; por la tarde hay paseo general a caballo por el Pueblo
hasta las ocho o las nueve de la noche, que consiste en cruzar a toda carrera
plazas y calles, y además dos casas abiertas en que se les sirve con abundancia
vino y aguardiente..."
1.810.- " En el Lugar de Calañas en el día quatro
de Nbre de mil ochocientos y diez. Estando los Srs D.
Amador Baquero y Dn Alonso Martin Soriano, Alcaldes. Josef Garcia Alamillo
Fernando Gonzalez Hidalgo y Diego Romero Valiente, Regidores. Hallandose
presente Vicente Perez, Sindico Procurador general de este Cavildo unicos
Yndividuos de qe se compone en esta actualidad este Ayuntamto por hallarse ausente el Sr Pedro Vazquez
también Regidor del mismo. Estando juntos en las Casas que sirven de
Capitulares por haver volado y demolido con polvora atacada, las que servian de
Consistoriales inutilizandolas enteramte el Enemigo Frances en la Entrada, y formal
Saqueo qe hizo en este Pueblo en la noche del Lunes
Santo de este presente año en que experimento este Vecindario perjuicios
imponderables y qe no es facil
poderlos reducir a guarismo desde dicha noche hasta que se retiraron en la
mañana del Miercoles de la misma Semana, unidos dichos Sres en forma de
Cavildo en dichas Casas como lo acostumbran quando tienen qe tratar
las cosas y casos del Real Servicio pertenecientes al mayor culto de Dios ntrº
Señor defensa de nuestro Soberano el Sr Dn Fernando Septimo y de nuestra
independencia Patria y religion y bien de esta Republica Acordamos por Ante mi
el Escº ppco y de Cavildo unico del mismo respecto a lo adelantado
del tiempo y qe la Capital Villa
de Niebla se halla de presente ocupada por el Enemigo y qe por consiguiente no se ha comunicado el
despacho ordinario que se acostumbra para qe se proceda a la Celebracion de proposiciones
de nuebas Justicias y demás empleos..."
1.811.- Vuelven a entrar las tropas francesas el día 3 de
Julio, marchándose al día siguiente hacia Beas y Niebla.
1.812.- "A consecuencia de las decisiones democráticas
de las Cortes de Cádiz, consignadas en la Constitución del Estado que se
promulgó el 18 de Marzo de 1.812, fue sancionado el decreto expedido en Agosto
del año anterior, por el que se abolían los señoríos jurisdiccionales. Así pues
el Condado de Niebla dejó de pertenecer a su antiguo señor, y se rigió por las
leyes generales de la Nación" (J.L. Gozálvez Escobar, 1.982)
1.814.- Durante estos años se publican las Reglas de Buen
Gobierno de ámbito municipal y en las que, además de reprobar los alborotos,
las blasfemias y juegos de naipes, se formalizaban esencialmente para regular
el uso agropecuario del Campo Comun y de la Dehesa o Legua Concejil. Además se incidía en el deslinde de los
cuatro Partidos en que se dividia este Campo Común del término según se
disponia desde las Ordenanzas de estos Estados de 26 de Septiembre de 1.618, y
que ahora tenían los siguientes límites: Partido 1º, del Rio.- Empieza
por bajo de las Hermitas de Nª Srª de la
Coronada y España y sigue el Rio abajo a la Vega de la Cañadeja a la pasada del
Camino Antiguo que va de esta Vª a la de Trigueros y Huelva, siguiendo dicho
camino arriba hasta las Peñuelas a dar con el dho Camino de Huelva y sigue
hasta el Puerto de la Bayonera, en donde finaliza, y linda con la Dehesa
Conzejil de este Lugar. Partido 2º, del Rincón.- Se divide del antecedte por el dho Camino de Huelva y Trigueros,
llegando a las Peñuelas hasta el regajo que sigue dhas Peñuelas abaxo hasta el
arroyo de Lozano y llega donde junta este con la Rivera de Oraque, sigue dcho
Oraque abaxo hasta la junta del Rio Odiel y sitio que llaman del Galamen.
Partido 3º, del Oraque.- Se deslinda desde el Mohon de la Vayonera a la
Dehesa Conzejil sigue el camino de Huelva hasta las Peñuelas abajo y el Arroyo
de Lazaro abaxo hasta donde junta el Arroyo qe baxa de la Dehesa de la Tiesa y el Arroyo
adelante hasta dha Tiesa y muriendo al Norte sigue por su linde hasta el rincon
qe llaman de las trampas en donde linda con
Dehesa del Lugar de Villanueva de las Cruces, sigue la raya de esta hasta el
mohon qe llaman del Zebollarejo sigue agua vertientes
hasta lo alto del cabezo qe llaman del Navilero en donde se halla un
mohon o valisa qe sirve de claridad al deslinde de los limites
de dha Dehesa de las Cruces, el qual media entre el citado mohon del
Zebollarejo y otro qe esta en la vega de
dha Rivera de Oraque, donde finaliza este Partido. Partido 4º, del Aguijon.-
Se divide por el camino del Alosno desde la Dehesa hasta Oraque, y sigue dha
Rivera arriba lindando por aquella parte con la Dehesa de las Cruces hasta el
sitio del Galayo inclusive este sitio hasta llegar al charco qe llaman de la Plata en dha Rivera de Oraque, y
vuelve lindando con dho termino del Zerro , girando a levante hasta el llano
del Almendro a dra al Arroyo de Bordallo hasta las Encinas de las Ventas, y
dejando dho Arroyo sigue el Campo Común lindando con dho termino del Zerro
hacia Levante hasta dar al mohon qe esta en un cabezo pequeño a diestra del camino
qe va de este Lugar al de Cabezarrubias por una de la cañada de Sancho Gonzalez qe este mismo es el Mohon de la Dehesa."
En la Sesión del 29 de Mayo se acuerda, en
virtud de la Real Orden de S.M. Fernando Septimo, del día cuatro del corriente:
"sea dicha Constitución quemada en
la Plaza Real, recogiendo para el propio fin otros ejemplares que haya en poder
de algunos particulares de este Pueblo; y mandaron que el fuego en que ha de
fenecer para mayor ignominia proceda de estiercol y sus cenizas sepultadas en
lugar mas inmundo"
1.815.- En el Cabildo del día 15 de Julio se conocen las
Certificaciones de Crédito por las que
el pueblo de Calañas había ayudado al Ejercito Español en su lucha contra los
franceses y que ascendía a la cantidad de “quinientos
quatro mil seiscientos dies reales”.
En el mismo Cabildo seguía debatiéndose el
estado de calamidad económica del pueblo y se decía, entre otras cosas: "Añadiendo
qe en atencion al estado infeliz e insolbencia a
que ha quedado reducido este pueblo, por los grandes sacrificios qe ofreció en obsequio de la causa comun e
imponderables males qe sobre los generales
de todos sufrió de los enemigos, unico fruto qe sus
leales havitantes han cojido por los particulares servicios qe hicieron bajo la direccion de su laudable
parroco Don Diego Jose Roldan en resistir con las ya citadas alarmas a los
enemigos logrando por ellas entre otras cosas contenerlos en guadiana
quando en el año de ochocientos ocho intentaron de acuerdo con Dupont penetrar
hasta la Capital de esta provincia entretanto qe aquel lo procuraban por la de Cordova; cuya
resistencia fue mui oportuna y contribuyó considerablemente a la gloriosa
batalla de Bailen. En consequencia de ello devia esperar este fiel vecindario
del Paternal amor de S.M. asi que le sean perdonadas las sumas que esta en
dever por atrasos de la misma epoca y qe fueron invertidos en defensa de la Justa Causa,
como también qe informado S.M. de
lo mucho qe puede contribuir al alivio y restablecimiento
de este Pueblo la independencia del de la Jurisdiccion de Niebla, se digne
conceder a este el titulo de Villa con inibicion absoluta de aquella
........"
1.833.- Por Real Decreto de 30 de Noviembre de 1.833, se fija
la actual división administrativa de la Provincia de Huelva.
1.837.- En el mes de Septiembre se nombra a Don Francisco
de Zayas y Rivero, profesor de Arquitectura aprobado de Maestro de obras
por la Academia Nacional de San Fernando para el reconocimiento de las obras
que necesitan las Casas Capitulares, quien certifica y describe las
mismas el 8 de Diciembre del mismo año, donde dice "... y fartas de los
entramados y parte del muro de fachada, por la esplosión de una poca de porbora
que dieron fuego en la epoca de la inbación de los franceses en el año 1.810 á
1.812, por lo que se hace indispensable construir de nuevo la fachada desde asiento
de imposta...".
1.839.- El 22 de Octubre aparece la Ley de Minas, que con la
posterior de bases de 1.868 facilitan el desarrollo de la industria minera por
capitales nacionales y extranjeros -fundamentalmente de francese e ingleses-.
Dicha legislación repercute en una inmediata actividad en el término de
Calañas, entre otros de la provincia.
1.847.- Aparece el Diccionario
Geográfico-Estadistico-Histórico de España y sus Posesiones de Ultramar de
Pascual Madoz, donde se define así a Calañas y su término:
" L. con ayunt. en la pro. y adm de ren.
de Huelva (8 leg), part. jud. de Valverde del Camino (2), (aud), terr., c.g. y
dioc. de Sevilla: SIT. en la cumbre de una sierra escabrosa, cercada por el NE.
y O. de otras de eminente altura; es más propenso a dolores de costado y
tercianas que a otras enfermedades. Hay casa de ayunt., escuela de primera
enseñanza, 1 hospital, igl. parr. de primer
ascenso, con la advocación de Sta. Maria de Gracia, servida por dos
curas, un ecónomo, 2 beneficiados y 2 presbíteros, todos presentados por el
ordinario, y además un sochantre, un sacristan y un organista nombrados por el
ayunt. á propuesta de los beneficiados; hay también un conv. de religiosas
carmelitas calzadas, una ermita distante 50 pasos de la pobl. dedicada a San
Sebastian y San Roque; contígua a ésta, otra por concluir que sirve de
cementerio, otra llamada España, sit. a orillas del r. Odiel junto a un famoso
puente, rodeada de muchas casas que se usan en tiempos de funciones religiosas
y romerias, y contígua a ésta la de la primitiva Coronada; ambas están de uso,
y en ellas celebran funciones los vec. de Beas, Valverde y Calañas, en los
tiempos de calamidades públicas. Confina el TERM. por el N. con la villa del
Cerro, E. Zalamea la Real, S. Beas y Trigueros, y O. Villanueva de las Cruces;
se entiende por el primer punto una leg., otra por el 2º., 4 por el 3º y 1 1/2
por el 4º; en él se encuentran bastantes sierras, y en una de ellas en el
paraje llamado del Castillo, punto muy elevado, un aljibe, restos de fortificaciones,
y algunas cuevas hechas en la misma piedra: hay varios manantiales que sirven
para abrevadero de los ganados, cuyas aguas son de muy buena calidad y se
confunden con las del r. Odiel, así como las de la ribera llamada Oraque, que
corre por la parte O. del ter.; algunos de los mencionados manantiales y
particularmente los que tienen su origen en el sitio de la Coronada, son
minerales; las aguas del llamado Agua-tinta que es de un gusto demasiado agrio,
se toman de bebida, son útiles para diferentes dolencias y mayormente para las
obstrucciones, llagas y úlceras. El TERRENO es montuoso y pedregoso, todo de
secano, escepto algunas pequeñas huertas: parte de lo que se halla en cultivo
está poblado de olivos, viñas y árboles frutales, y los montes además de los
buenos pastos que producen, están poblados de encinas, pinos, alcornoques y
chaparros: muchos de estos montes serian sumamente fructíferos; pero por la
falta de dueños particulares y por ser mancomunes de todos los pueblos del
condado de Niebla, se hallan incultos. Los CAMINOS son de pueblo a pueblo y
pasa por el que se describe el que desde Sevilla conduce a Lisboa. PROD.:
trigo en corta cantidad, cebada, bellotas, algún aceite, lino, hortalizas y
diferentes frutas, siendo la más abundante la naranja de muy buena calidad; hay
cría de ganado lanar, cerdo y algún vacuno. IND,: la agricultura, ganaderia y
arriería; existen 2 lagares de cera; las mujeres se dedican a arreglar el lino
para cualquier clase de tela del pais, y muchos de los hab. salen a trabajar a
otras pob. El trigo que falta para el consumo, se importa de Estremadura, y lo
demás que se necesita, de Galicia y otros puntos. POBL. 547 vec. 1948 alm. CAP.
PROD. 5.698.268. IMP.: 250.268. CONTR. 45.579 rs 24 mrs. "
1.853.- La Zarza.- En el mes de Marzo, solicitó Ernest
Deligny la concesión de las minas de La Zarza.
1.854.- Sotiel.- El 11 de Septiembre, Ernesto Deligny, de 35
años, solicita la concesión de la mina "Descuido", en la solana de la
Mesa de la Coronada, que es cedida en 1.857 a D. Miguel Sanchez Dalp, vecino de
El Cerro. y en febrero de 1.867 se cede a D. Eugenio Daguerre Dospital y
hermanos, pasando posteriormente a la Companhia Mineira Sotiel Coronada y en
1.905 a la Sociedad The United Alkali
1.855.- La Zarza.- En el mes de Junio se formó una compañía, de
capital francés, Deligny junto con Decazes y Duclerc, actuando éste último como
Director. Esta compañía tuvo que reorganizarse por cuestiones económicas y puso
al frente a un nuevo Director, Victor Mercier, y se desarrollaron los trabajos
desde 1859 a 1.866.
1.866.- Sotiel. "Los primeros explotadores, los
señores Daguerre Dospital vecinos de Sevilla, llevaron a cabo labores de
desescombros en varios trabajos antiguos, y abrieron galerías nuevas en las
concesiones Tiberio, Descuido, y otras, exportando algún mineral entre los años
1.866 y 1.875."
La Zarza.- En Diciembre
de 1.866 se hace cargo de las minas una nueva compañía, esta vez inglesa, quien
la había adquirido de la anterior por compra realizada en Glasgow el 26 de
Octubre del mismo año. Se denomina The Tharsis Sulphur and Copper Company
Limited, que pasaba a ser dirigida por Charles Tennant. Su explotación se
inició por el método de pozos y galerías pero en 1.866 la compañía británica había
impuesto el sistema de cortas a cielo abierto, lo que significó una demanda
considerable de mano de obra.
Las casas se levantaron aquí con posterioridad a
Tharsis, lo que supuso una mejora respecto al modelo del status francés. El
poblado se desarrolló en forma de arco, en adaptación a la orografía del
gigantesco cabezo y delante de la futura corta que, en 1.920 alcanzaba ya las
impresionantes proporciones de 850 m. de longitud, 200 de anchura y 160 de
profundidad. Los edificios más interesantes son las 21 casas pareadas,
"semidetached".
1.868.- Según cuenta D. Braulio Santamaría, en su obra
Huelva y La Rábida, en 1.868 se introduce en la provincia el eucaliptus,
por varios agricultores de esta comarca, y que tan gran extensión ocupará su
repoblación en el término de Calañas.
En la petición que se hace este año para atender
espiritualmente a los habitantes de los poblados mineros, se relacionan los
siguientes establecimientos:
" La mina principal que hoy existe en el término
es la llamada Los Silos de Calañas, al sitio de los Barrancos, al norte
recto de la Parroquia, distante más de una legua de ella, tiene más de
ochocientas almas, sin poder decir número fijo porque todas las minas
regularmente tienen interés en ocultarlo; es su representante principal D.
Ildefonso Sebri, de nacionalidad francesa, que vive en Tharsis.....
La mina de Piedras Albas al sitio de
Valderreina, distante una y media legua de la Parroquia, y al Sur recto de
ella: tiene hoy sobre 150 operarios, su Director o encargado es D. Cristian
Abad, de nación Aleman, se ignora a que religión pertenece.
Dos minas colindantes al sitio llamado La Coronada
y Sotiel, distantes más de una legua de la Parroquia, al subdeste de ella;
las que han tenido muchos operarios y regularmente volverán a tenerlos, hoy
tendrán como 100 almas. La 1ª de estas se llama La Coronada, propiedad
de los Srs Conradi de la Ciudad de Sevilla y la 2ª de D. Miguel Sanchez Dalp,
vecino de Aracena se ignora su nombre y no tienen administradores fijos.
La mina de Santiago; al poniente de la
Parroquia y a seis kilómetros de distancia, tiene más de 100 operarios; la
administra y dirige D. Alberto Wilque. Alemán y no se sabe su religión.
La de Peñas Pardas, al oriente de la Parroquia,
y a distancia de cinco kilómetros de ella, contando sobre 100 operarios y
hallándose a cargo de D. Antonio Gabriel Morales, vecino de Calañas.
La del Asperón al oriente de la Parroquia y tres kilómetros de ella,
propiedad de D. Juan Salvador Vázquez, vecino de Calañas, la trabajan 50
operarios.
Otras varias minas difíciles de enumerar, en el cabezo
de las Sierpes y sus inmediaciones, al Poniente de la Parroquia y a
media legua de ella. Su propiedad se halla en litigio y están administradas por
contratistas de trabajo, empleandose en éstas más de 200 personas.
La Novia, al sitio de la Dehesa Vieja, distante de la
Parroquia tres kilómetros y situada al Sur de ella. La representa una sociedad
del Alosno, y tiene empleadas sobre 100 personas.
A más de las dichas son casi innumerables las Minas de
Manganeso que existen de uno a dos kilómetros de la Parroquia en todas
direcciones y que tienen de ocho a diez operarios cada una; y entre las cuales
figuran en primer término las siguientes:
La de Cabeza Bua, llamada la Escogida, al
Oriente de la Parroquia y a dos kilómetros de ella, empleándose sobre 100
operarios, y hallándose representada por D. Federico de T. alemán, que vive hoy
en ésta; se ignora su religión.
Sn. Diego y Sn. Joaquin, colindantes al sitio del Peñasquillo, al
Poniente de la Parroquia y contiguas a la población; tienen en la actualidad
140 operarios y la administra D. Manuel Vázquez, vecino de Huelva.
Apolo, al Norte de la Población próxima a ella, la
administra D. Juan Fernandez, vecino de Ayamonte, por estar en pleito, está
casi despoblada, pero siempre ha tenido 150 operarios.
Venus, colindante a la anterior, al sitio del Peñasco, la
administra D. Federico de T., y contiene sobre 90 trabajadores.
La Campana, al sitio de Peñas Campanas, al Mediodía de la
Parroquia y un kilómetro de ella, tiene sobre 80 personas y la administra D.
Bernabé Morales, vecino de ésta......."
1.880.- En Febrero se vieron en la Diputación Provincial
las propuestas de D. Diego Bull y D. Guillermo Sundheim para la concesión del ferrocarril
de la línea Zafra-Huelva. Se le concede a éste último y se conoce el
proyecto, por el Ayuntamiento de Calañas el 26 de septiembre de 1.886, pidiéndose
la reordenación del trazado en su paso por la población. El 20 de Agosto de
1.881 se conceden los terrenos al poniente del núcleo urbano de Huelva, para la
estación de Zafra a Dn. Guillermo Sundheim y Giesc, que se transfieren en 1.884
a una sociedad formada por el mismo y por Dn. Práxedes Mateo Sagasta, Dn.
Carlos Ibañez e Ibañez de Ibero, Dn. Ignacio José Escobar y Lopez, Dn. Enrique
Doctsch Mannheim y Dn. Daniel Carballo y Codesido (Gaceta 6-2-1.884).
1.883.- El día 4 de Diciembre se firma la escritura de venta
de terrenos, en los que se incluyen los alrededores de las Ermitas de la
Coronada y España. El vendedor era D. Juan Velez Baquero y la compradora la
Cmpª Sotiel Coronada, con las siguientes condiciones: " La compradora
consiente y se obliga a dejar sembrar y disfrutar a los ermitaños que en la
actualidad son y en adelante fueren de las dichas ermitas, Virgen de la
Coronada y de España, el terreno comprendido en esta venta conocido con el
nombre de cortinales, sin que por ello les exija renta o alquiler alguno; y
cuando no se convenga permitir el dicho usufructo en los citados cortinales, en
todo o en parte, o por cualquier causa o motivo no fueren susceptible de
producir la renta que hoy producen, les abonará en metálico el mencionado
producto en la parte que dejen de utilizarlos..." . Este caso previsto se
presentó a raiz del contrato, porque los humos los hicieron pronto
estériles.
1.886.- El 17 de Enero se conoce el proyecto del ferrocarril
de la línea Mina de Sotiel con la unión, en El Cuervo, con la de San Juan del
Puerto-Buitrón.
" La Compañía inglesa que representa Diego Bull,
construye el ramal Sotiel-El Cuervo por encargo de la Companhia Mineira
Sotiel-Coronada. El proyecto lo presenta y realiza con un presupuesto de
180.096 pesetas. La obra se inicia en el cargadero del Cuervo, situado en el
km. 20 de la línea principal Buitrón-San Juan del Puerto y finaliza en Sotiel.
Tiene una longitud de 10'738 km., anchura de vias 1'067 m. y aparte de un viaducto
metálico de 61'6 m. sobre el arroyo Carrasco, la obra más importante es la
construcción de un puente metálico de celosía sobre el rio Odiel de 125 m. de
largo con cinco luces iguales. Se otorga la concesión por R.O. de 11 de Mayo de
1.886 y por un periodo de 99 años. Bull firma el pliego de condiciones en
Huelva el 8 de Junio y en la Gaceta de Madrid del 22 de Julio de 1.886 aparece
publicado dicho otorgamiento" (J.Ramirez Copeiro, 1.985)
El 24 de Febrero se presentó el proyecto del ferrocarril
La Zarza-Tharsis, quedando, por tanto, conectada la mina de La Zarza con
Huelva. El recorrido, extremadamente accidentado, exigía más de 20 puentes y
pontones, algunos de gran longitud; por ejemplo, el puente del Tamujoso de 123
m., el de Oraque de 119 m., el de Pilita de 89 m., el puente Cascabelero de 136
m., y el del Barranco Hondo de 83'84 m.
En Mayo, se encarga al arquitecto provincial, D. José
Gallego Diaz, el proyecto del Nuevo Cementerio de Calañas, que irá
ubicado en el cercado de D. Bartolomé Velez Baquero, junto a la carretera de La
Coronada, siendo su contratista Sebastian Borrero Marroco.
1.886 - 1.889.- La cuestión de los humos.
"Uno de los laboreos a que los minerales se
sometían eran las calcinaciones al aire libre. Formando prismas de unos dos
metros de altura y más de cincuenta metros cuadrados de superficie, se
amontonaba el mineral para someterlo a combustión lenta. Un montón podía llegar
a las doscientas toneladas. La telera - que así se llamaban los montones de
mineral - podía estar ardiendo lentamente unos cinco o seis meses. La
combustión de la pirita cobriza emanaba unos gases sulfurosos que, elevándose
primero en blancos penachos, se extendía luego sobre los campos vecinos,
destruyendo la agricultura, perjudicando a la ganadería e incluso suponiendo un
peligro manifiesto para la salud pública. Los pueblos comarcanos comenzaron a
inquietarse y en muchos de ellos, incluida la capital, se produjeron
manifestaciones antihumistas de miles de personas. Dos pueblos destacan en esta
pugna antihumista: Zalamea y Calañas. El alcalde de Calañas de 1.887, quien más
tarde sería elogiado en el Senado como "digno sucesor de los alcaldes que
en tantas ocasiones críticas han hecho gloriosa la historia de nuestros
Municipios", dictó un acuerdo prohibiendo las calcinaciones en La Zarza y
Sotiel. El malestar general desembocó en la organización de una manifestación
masiva de la Liga Antihumos que se congregaría en la plaza de Rio-Tinto. A ella
se unieron obreros de las empresas mineras que reivindicaban una subida de
jornales. En la plaza de la villa, frente a los manifestantes, se encontraba un
destacamento del Ejercito. De repente atronó el ambiente una descarga de
fusilería. Hubo cuarenta y cinco muertos, según las inseguras estadisticas
oficiales. Sucedió esto el 4 de febrero de 1.888. El 29 del mismo mes firmaba
la Reina Regente, Cristina de Hasburgo, un decreto prohibiendo las
calcinaciones al aire libre de minerales sulfurosos". (M. Hidalgo Caballero, 1.980).
Dada la naturaleza de esta cuestión, por la que no
solo se ponía en peligro la economía agropecuaria, sino también la salud humana
y el prestigio de la autonomía municipal, es necesario detallar la incidencia
del problema en el municipio calañés, como testimonio para su memoria
histórica.
26 - 9 - 1.886. En el Pleno Municipal que se celebra
en este dia, bajo la Presidencia del Alcalde Bartolome Ramirez Velez, se
atiende el expediente incoado a petición del vecindario en fecha 18 de
marzo anterior, sobre la supresión de las calcinaciones al aire libre que las
empresas mineras del término municipal venian ejecutando para la obtención de
sus productos con estos procedimientos tan rudimentarios como dañinos. El
Ayuntamiento no quiso debatir el asunto sin antes haber respaldado la
reivindicación vecinal con el correspondiente informe de los técnicos en la
materia. En efecto, cuando se celebra el Pleno el día 26 de Septiembre, también
se da a conocer un detallado informe de los Ingenieros Agrónomos de Sevilla,
Don José Torres Pardo y D. Eduardo Noriega Abascal ( " nombrados por
el Ayuntamiento para que estudiando la cuestión origen de nuestros males
agrícolas ilustraran con su informe el criterio de la Corporación Municipal para
que en su día con perfecto conocimiento de causa pudiera aquella destruir las
que son el fundamento indubitable de nuestra decadencia agrícola y de la
esterilidad de nuestros campos cada vez más notoria y menos remediable.."
). " Despues de meditar sobre las consideraciones científicas expuestas
por la Junta de Sanidad de esta villa, y en particular por el ilustrado
profesor médico titular de la misma Don Juan Velez Chaparro que vienen a
coincidir con las teorías que sobre sanidad expusieron los dos Ingenieros
Agrónomos en su precitado informe y que demuestran hasta la evidencia que no
solo es la agricultura la que sufre los grandes perjuicios que acompañan a esas
grandes emanaciones sulfurosas, si que también la propia vida orgánica del ser
y aun la vida intelectual por lo que aquella se relaciona con esta, estan
expuestas a tan peligrosas influencias porque desequilibrando nuestras
funciones naturales organicas las precipita o violenta ocasionando enfermedades
de larga duración y en ultimo resultado una longevidad reducidísima en relacion
al desarrollo proporcionado de la persona, como lo demuestran los datos
estadisticos del movimiento de la población que acusa en los tres ultimos años
una mortalidad de un veinticinco por ciento superior a la de todos los años
anteriores y que esta letal influencia se estiende también a la vida de los
irracionales..........Despues de informarse del razonado cuanto bien escrito
dictamen del Sr. Regidor Sindico Don Pedro Pérez López quien á propuesto
a la Corporación Municipal la resolución más adecuada a estirpar tan
perniciosos males armonizando los principios científicos sentados por los
Ingenieros Agrónomos de Sevilla y la Junta de Sanidad y facultativo de este
pueblo, con los principios jurídicos que determinan la incuestionable
competencias de las Corporaciones populares en las cuestiones que afectan al
bien estar general de una población destruyendo los sagrados intereses que
vienen a constituir legitimo patrimonio en el que se funda la paz, la calma y
la bienandanza de la familia en primer termino y en segundo la de la sociedad
en general puesto que no existiria sociedad posible si se destruyeran las
fuentes de riqueza en que se funda su prosperidad y progreso medio ambiente en
el cual se desarrollan sus multiples y variadas actividades, y por ultimo
después de admirar la concision y belleza de estilo de la consulta evacuada por
los Señores letrados eminencias del Ilustre Colegio de Sevilla Don Fernando
Sánchez Gómez, Don Nicolás G. de Orozco y Don Blas E. Jiménez en la cual
con elocuente frase y profundos conocimientos, cuantos sencillos razonamientos,
se prueba de una manera inconclusa que nuestras Corporaciones populares sin
embargo de lo mermado de sus atribuciones tienen autoridad suficiente para
reprimir y evitar abusos de tanta trascendencia que afectan al modo del ser
individual y colectivo de toda una poblacion pues que a pesar de las
limitaciones y cortapisas que las ponen nuestra legislacion en los diferentes
asuntos que vienen a constituir la administración municipal aun le conservan el
derecho de decidir sobre cuestiones sanitarias de cuya índole es en parte la
que ocupa la atención de este Ayuntamiento, por unanimidad acuerda: que
conforme al dictamen del Sr. Regidor Sindico, cuya parte dispositiva aprueba unanimamente,
que se haga saber a todas las Empresas mineras enclavadas en el termino de esta
villa que esplotan sus minerales por medio de las calcinaciones al aire libre
que se abstengan de hacerlo en lo sucesivo en la forma que hoy lo verifican
causando los daños que hasta el presente se vienen lamentando; pudiendo sin
embargo emplear el medio que estimen más conveniente a llevar sus fines sin
perjuicio del vecindario, bien entendido que de no hacerlo así el Ayuntamiento
en cumplimiento de sus obligaciones procedera por su propia autoridad y con el
auxilio que las leyes le dispensan á estinguir el foco de repetidos males y
daños á espensas de las referidas Empresas, para todo lo cual le concede un
plazo de treinta dias dentro del cual procederan a apagar las calcinaciones
existentes prohiviendose en lo sucesivo en este termino municipal procedimiento
tan reprobado por la opinion, la conveniencia, la salud y las leyes."
El 28 de Octubre inmediato, el Sr. Gobernador, Don Jacobo Sales, tras
audiencia del representante de la Sociedad minera Tharsis, decreta la
suspensión del acuerdo municipal de Calañas. Este decreto gubernativo es
recurrido por 11 vecinos de Calañas y el Gobernador no eleva al Ministerio el
correspondiente escrito de queja. El Ministro de la Gobernación, Don
Jose Luis Albareda, requiere tal expediente al Gobierno Civil de la
Provincia, y se decreta la siguiente Real Orden:
" S.M. el Rey, y en su nombre la Reina Regente
del Reino, de conformidad con la mayoria del Consejo de Estado en pleno, se ha
dignado dejar sin efecto, por haber sido dictada con incompetencia, la
resolucion de ese Gobierno de provincia de fecha 28 de Octubre de 1.886, que
suspendió el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento de Calañas. De Real orden
lo digo á V.S. para su conocimiento y efectos correspondientes. Dios guarde a
V.S. muchos años. Madrid 16 de Diciembre de 1.887 " ( Gaceta de Madrid num
351, del 17 de Diciembre de 1.887 )
Durante el transcurso de este expediente, y en el
Pleno Municipal de Calañas de 26 de Diciembre de 1.886, se toma el acuerdo que
dice: " En virtud de la pregunta dirigida sobre calcinaciones al Excmo.
Sr. Ministro de Fomento en una de las últimas sesiones del Congreso por el Sor.
Diputado por Aracena Don Juan Talero y Gonzalez, el Ayuntamiento por unanimidad
acordó dirigirle un voto de gracias como testimonio de su agradecimiento por la
iniciativa que tomara en una cuestión que tanto afecta a los intereses locales
de esta Provincia, resolviendo además se le manifestara nuestra gratitud por
medio de carta firmada por todos los Srs. Concejales."
El Pleno Municipal del 20 de Diciembre de 1.887,
conoció la anterior R.O. del día 16 y pidió asesoramiento para futuras
actuaciones, al letrado de Villanueva de los Castillejos, Don Fernando
Sanchez Gomez.
El Pleno Municipal del 19 de Enero de 1.888 vuelve a
considerar el asunto y resuelve de esta manera: " Considerando que el
Ayuntamiento que rigió hasta el 30 de Junio último del 87 tomó un acuerdo
prohibiendo en el término municipal de Calañas las calcinaciones al aire libre,
con fecha 26 de Septiembre de aquel año, acuerdo que fue suspendido por el
Gobernador Civil por decreto de 28 de Octubre siguiente, del cual se alzó la
corporación para ante el Ministro de la Gobernación en 5 de Noviembre sucesivo,
y que el 17 de Junio inmediato revocó la misma autoridad provincial el acuerdo
prohibitivo del Ayuntamiento, de cuya revocación no se alzó en tiempo habil ni
protestó del abuso de atribuciones cometido por el entonces Gobernador Civil,
dando lugar a que su ilegal decreto revele cierta conformidad o aceptación por
parte del Ayuntamiento de Calañas; pero que habiendo trascurrido el año
económico en que se dictó el acuerdo prohivitivo y el bienio a que perteneció
la entidad jurídica que lo tomara, la corporación actual en virtud de las
atribuciones que le conceden los artículos citados de la Ley municipal y sin
que pueda traducirse el acto como desobediencia a la autoridad gubernativa ú
olvido de su ilegal decreto de revocación, puede reproducir el acuerdo de
prohibir las calcinaciones por existir agravadas las mismas causas que
indujeron a la anterior corporacion a tomar el acuerdo revocado el 17 de junio
último, fundandose para ello en la Reales ordenes aclaratorias de la ley
municipal anteriormente citada y en las elevadas y patrioticas declaraciones
hechas recientemente en el Congreso por el Excmo. Sor. Ministro de la
Gobernación.........Por todo lo expuesto, se acuerda por unanimidad y sin que
influyan en el ánimo de ninguno de los concejales firmantes circunstancias de
violencia ó presión de sus convecinos. Que se haga saber a todas las empresas
mineras enclavadas en este término municipal, que benefician sus minerales por
medio de calcinaciones al aire libre ó de hornos sin cámaras de condensación,
que se abstengan en lo sucesivo de hacerlo en la forma que hoy lo verifican,
causando los daños que hasta el presente se vienen lamentando; pudiendo, sin
embargo emplear el medio que estimen más conveniente á llenar sus fines sin
perjuicio del vecindario. Bien entendido que de no hacerlo así, el
Ayuntamiento, en cumplimiento de sus obligaciones procederá por su propia
autoridad y con el auxilio que las leyes le dispensan a estinguir el foco de
los repetidos males y daños a espensas de las expresadas empresas, para todo lo
cual le concede el plazo de treinta días, dentro del cual procederan a apagar
las calcinaciones existentes, prohibiéndose en lo sucesivo en este término toda
clase de procedimiento reprobado por la opinión, la conveniencia, la salud y
las leyes."
El día 4 de Febrero de 1.888 y en Riotinto, suceden
los gravísimos acontecimientos que arrojan la cantidad de 45 muertos.
En la Gaceta de Madrid del 1 de Marzo de 1.888 aparece
el Real Decreto propuesto por el Ministro de la Gobernación y sancionado por la
Reina María Cristina, por el que se ordena lo siguiente: Artº 1º.- Quedan
prohibidas las calcinaciones al aire libre de los minerales sulfurosos. Artº
3º.- Dichas fábricas reduciran gradualmente el número de toneladas de mineral
que calcinan hoy al aire libre, según las estadisticas oficiales, en la
siguiente forma: desde el día 1º de Enero de 1.889, en una cuarta parte; desde
el día 1º de Enero de 1.890, en una mitad de lo que hoy calcinan; desde el día
1º de Enero de 1.891 no se permitirá calcinar minerales sulfurosos por el
procedimiento que prohibe el presente decreto..."
En las Sesiones del Ayuntamiento de Calañas relativas
a los días 20 de Febrero y 2 de Marzo de 1.888 se trata sobre el control de lo
dispuesto en el anterior R. Decreto, y se llega a pedir el procesamiento del
Director de la empresa de la mina de Sotiel, Don Lorenzo Malleyro por
desacato a las disposiciones legales gubernativas y municipales al volver a
encender nuevas teleras.
El 15 de Abril de 1.888, el Ayuntamiento propuso la
declaración de Hijos Adoptivos de Calañas, por su colaboración en este asunto,
a los señores: D. Juan Talero y González, al Conde de Gomar, a D. Fernando
Sánchez Gómez y a D. Francisco Romero Robledo. Mencionándose tanto el
triunfo conseguido, como los tristes acontecimientos de Rio Tinto.
El 10 de Junio de 1.888 el Ayuntamiento propone se
celebren honras fúnebres por D. Juan Talero González y se adquiera un cuadro
con su retrato.
1.888.- En la Sesión plenaria del 22 de Julio se propone la
necesidad de construir un matadero para el sacrificio de reses y ganado
de pelo y lana.
1.889.- Durante este año, y al igual que era costumbre
desde el siglo pasado, se solicitan al Ayuntamiento la concesión de parcelas
para construir casas, fundamentalmente en las calles Molero y el Barrio; así
como una parcela en el Callejón de la Huerta de la Pava para edificar una Fábrica
de Harinas.
El 21 de Julio se aprueba el primer cambio de nombres
de las calles, con las siguientes nuevas denominaciones: Fuente Primera pasa
a rotularse como Talero; Plaza pasa a Plaza de Albareda; Rincón pasa a Conde de
Gomar; Mesón pasa a Sánchez Gómez; Manefique pasa a Ortiz de Pinedo; Fuente
Segunda pasa a Colón; Pozo pasa a Cervantes y Puerto de Aspa pasa a Murillo.
Se nombra al Arquitecto D. José Gallego Díaz
para la redacción de los proyectos del Matadero, la reconstrucción de la
Escuela de Niños y la Fuente Grande-Lavadero (Huerta de la Pava).
Se reconstruye la casa del Pósito por haberse
desplomado su muro medianero el pasado año y afectar a la casa vecina de Lucas
Charneca Marianas (C/Fuente Primera), siendo su contratista José Romero Márquez.
El día primero de Noviembre se inaugura el Nuevo
Cementerio.
En Diciembre se cambian de nombre a otras calles, con
las siguientes denominaciones: La Cañada Chica pasa a llamarse Casto
Borrero; la calle Nueva pasa a García Castañeda y Barrio pasa a Romero Robledo
1.890.- Se concede a Dn Pedro Arenas Barberá, en las eras del
Molero,-detrás de los corrales de la calle Fuente 1ª-, un terreno para la
construcción de una Plaza de Toros de madera, con la condición de derruirla si
en años posteriores el Ayuntamineto decide construir una de material. Y, en
efecto, el 11 de Octubre del año 1.891, se adjudica -previa subasta pública- a
Dn. Roque Romero Palacios, los terrenos, al sitio del "Santo" para
construir una Plaza de Toros de material con una capacidad mínima de cuatro mil
almas.
1.897.- Se aprueba el pliego de condiciones para las obras del
Alumbramiento y Conducción de Aguas, Construcción del Lavadero y Charca de
Abrevadero. Posteriormente se ejecutan las mismas, por el contratista D.
Francisco Rodríguez Gallardo y son inspeccionadas por el maestro de obras del
Ayuntamiento D. Rodrigo Romero Márquez.
Se aprueba la adquisición de un trozo del cercado, al
sitio de "El Santo", del vecino D. Juan Tejero Hidalgo para ensanchar
el camino que conduce a los cercados de la Umbría y Solana del Morante
Se nombran las comisiones para la Feria, y a la de
Festejos se le aprueba una subvención de 1.500 pesetas para que se celebre la
corrida de toros con dos matadores de entre los siguientes: Villita, Parrao,
Algabeño, Fabrilo, Faico, Lagartigillo, Jarana, Litri, Torerito, Guerrita, Bebe
Chico, y Padilla. También se subvencionan a la Banda de Música del Rgtº de
Granada, los gastos de: premios de cucañas, fuegos artificiales (de D. Diego
del Castillo) y demás entretenimientos. Se designan los salones de las escuelas
del municipio para bailes privados de
alguna sociedad y el paseo para los públicos.
Se acuerdan los premios para la feria de ganado
(lanar, vacuno, cabrío, de cerda y caballerías, tanto locales como de otros
municipios de la comarca que concurran a la misma)
1.899.- En el Pleno Municipal del mes de Julio que preside el
Alcalde D. Rodolfo Jimeno Domínguez, se deciden las siguientes obras y mejoras
para la población:
-
Construcción de una Carretera al Barrio de Los Silos.
-
Construcción de un trozo de carretera desde la Estación -partiendo del cortinal
de D. Bartolomé Tejero Vélez- hasta la calle García Castañeda.
-
Construcción de otro trozo de carretera en el Callejón del Valle del Pinar.
-
Construcción de otro trozo de carretera desde la Huerta de Borrero a la salida
del Callejón del Valle de los Charcos.
-
Construcción de un Cuartel para la Guardia Civil.
-
Construcción de una Casa para Academia de niñas adultas.
-
Construcción de una Escuela de parvulos de ambos sexos.
-
Expropiación de la casa que ha de poner en comunicación la calle Romero Robledo
con la de Ortiz de Pinedo.
-
Expropiación de la casa del vecino Alonso Pozuelo para ensanche de la plaza
pública y entrada por la calle Talero.
-
Construcción de las madronas de las calles Conde de Gomar, Cervantes, y parte
que falta en Quemada.
-
Ampliación del Real de la Feria y caminos inmediatos.
-
Construcción de un paso superior sobre la trinchera del Corral de Concejo en la
Línea Zafra-Huelva, camino a Zalamea.
En el Pleno del día 2 de Octubre se decide
que el ensanche que se pretende en el Real de la Feria se destine a paseo
público y se adquieran los cortinales que sean precisos para tal fin. Y
para la definición y dirección de las obras se nombra Arquitecto Municipal a D. Manuel Pérez
González. Las citadas obras se ejecutan por el contratista de Huelva, D.
Juan José Fernández.
Alcaldes de Calañas en el S XIX, según los documentos
manejados:
1.809 Narciso Llanes Márquez
1.810 Amador Baquero y Alonso Martin Soriano
1.811 Diego Ortiz Guerrero y Pedro Lorenzo Romero
1.812 Diego Díaz Soltero y Judas Tadeo Jara
1.814 Pedro Lorenzo Romero
1.814 Juan Díaz Romero
1.815 José Pérez Cruzado y Román Márquez
1.816 Juan Alonso Rocha y Alonso Pérez Marquez
1.818 Cristóbal Ramírez y Marcos Jurado
1.818 Pedro Lorenzo Romero y Juan Marianas
1.818 Juan García Esquina
1.819 Juan Gento Rico y Benito Marroco
1.835 Rodrigo Baquero
1.837 Juan Gento
1.838 Francisco Chaparro
1.846 Martín Rico
1.848 Alonso Marianas
1.856 Andrés Romero
1.863 Lorenzo Monje
1.865 Pedro Mateos
1.869 Juan Mora Raya
1.886 Bartolomé Ramírez Vélez
1.888 Manuel Pérez García
1.889 Rafael Álamo Serrano
1.889 Manuel Pérez García
1.890 Juan Tejero Hidalgo
1.897 Juan Gómez Romero
1.897 Fco Javier Vélez Baquero
1.899 Rodolfo Jimeno Domínguez (1-Julio)
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