VALVERDE SU PARROQUIA (IV): LA VIDA ESPIRITUAL EN EL SIGLO XVI
Juan Carlos Sánchez Corralejo
Facanias. Octubre de 2018.
La dotación del templo y la vida espiritual
Los datos
sobre la vida espiritual de la Iglesia de Valverde, que poseemos a día de hoy,
son muy escasos. Respecto a las ropas sacras, sabemos, por el testamento de Francisco Pérez Calvo, que la Iglesia
contaba con una casulla de terciopelo comprada en la Plaza Nueva de Granada[1]. Existía
también una manga negra destinada a los
entierros; hay noticias de ella
desde el siglo XVI. En 1700 se confeccionó una nueva con 6 varas de
terciopelo, 14 varas de guarnición de oro fino, flecos de oro fino, y dos muertes bordadas de dicho hilo, además de
cordones y borlas y reales de Bramante y clandillas.
Había otra manga, la encarnada o carmesí. Francisco Arroyo documentó la existencia de dicha
manga carmesí, en la década final del siglo XVI; y de una cruz de plata, que
era colocada durante las misas de
réquiem o las misas pro remedio animae sobre las sepulturas de mayor abolengo.[2]
Ya en
espera de su muerte, el doctor
Pérez Calvo se concertó con el notario Juan de Arévalo para que trajese a Valverde “el Breve de Juan
de Ortega” por 90 ducados. Parece tratarse de un Breve apostólico[3],
aunque no conocemos su contenido exacto. Rey
Pastor habla del problema de identificación de Juan de Ortega por una simple
cuestión de homonimia: existe un Fray Juan de Ortega (¿1480?- 1557), monje y
obispo jerónimo del siglo XVI, que preparó el retiro de Carlos V en el
Monasterio de Yuste y que llegó a ser
obispo de Chiapas; un catedrático de filosofía natural de la Universidad de
Salamanca, estos dos asociados a veces como el autor del Lazarillo de Tormes; y
un tercer Fray Juan de Ortega de la orden de predicadores, amante de las
matemáticas, y autor del Arte de la Aritmética
Curas
semaneros
Desde
1595, Valverde pasó a contar con dos curas. Lo fueron por aquellas calendas Juan Fernández de Lorca, doctor
en teología, y Mateo Escudero, licenciado. Ello supuso una división de
tareas. Desde entonces iban
“sacramentando y predicando, y haciendo “domenas a semanas”, además de
oficiar las misas de prima y tercia.
Las
misas se regulaban por las horas en que
los Romanos dividían el día. Las horas canónicas
constituían una división del tiempo, empleada durante la Edad Media y la Edad
Moderna, adaptada al ritmo de los rezos de los monasterios. Cada una de las
horas correspondía a una parte del Oficio divino, lo que hoy se conoce como
liturgia de las horas, es decir, el conjunto de oraciones pertinentes a cada
parte de un día. Las horas canónicas
eran las siguientes: Maitines, antes del amanecer; Laudes, al amanecer: Prima, la primera hora después del amanecer,
en torno a las 6 de la mañana; Tercia, tercera hora después de amanecer, sobre las 9;
Sexta, mediodía; Nona, sobre las 15:00, Hora de la Misericordia; Vísperas, tras
la puesta del sol, en torno a las 18:00; y, finalmente Completas, antes del
descanso nocturno, las 21:00.
Los Maitines, los Laudes y las Vísperas eran las “Horas mayores” en las que era preceptivo
que todas las comunidades monásticas se reunieran en la iglesia; la Prima, la
Tercia, la Sexta y la Nona eran las “Horas menores”. Según la regla benedictina
no era obligación en estas horas acudir a la iglesia, sino que, al escuchar la
trompeta o campana, los monjes debían interrumpir sus labores y ponerse a orar
en el lugar en el que se encontraban.
En
Valverde había, pues, “misa de prima” en
torno a las 6 de la mañana[4], y otra
misa de tercia, en torno a 9 de la
mañana.
Eran además
curas semaneros. Así se llamaba a cada
uno de los presbíteros que estaban de turno una semana, con el encargo de
cumplir las obligaciones pastorales, que solían estar detalladas en las Constituciones
Sinodales y que eran recordadas y exigidas
a través de las visitas pastorales anuales. La distribución temporal de encargos y trabajos extraordinarios originó
la aparición de los curas
semaneros.[5]
Las Constituciones Sinodales del
siglo XVI denunciaban la presencia, durante la Cuaresma y la Semana Santa, de compañías ambulantes de cómicos que
hacían un teatro religioso "a manera de farsas del mundo". Así ocurre
en las Constituciones Sinodales de Sevilla de 1512[6].
También, nos informan
de la celebración de una fiesta señera, el Corpus
Christi.
Las Constituciones Sinodales de Fernando Niño
de Guevara[7]
nos sirven para acercarnos a la vida espiritual de la época. Las Sinodales de
Sevilla de 1604 hablan del Corpus Christi:
«Cosa muy asentada es, por costumbre
universal destos reinos de la Corona de Castilla , que la fiesta propia del
Santísimo Sacramento (que por lo que en sí contiene se llama de Corpus Christi)
se celebre con gran solemnidad y regocijos exteriores de representaciones,
danzas y otras cosas", que eran examinadas y aprobadas por el Provisor o
por el Cura más antiguo».
Establecía
la obligación de tomar residencia a los vicarios cada tres años, al tiempo que
no estimaban conveniente que estuvieran
en su cargo mucho tiempo; al finalizar su
misión se les tomará residencia, y no podrán ser reelegidos hasta haberla dado.
Pecado y miedo al purgatorio
El sínodo de Sevilla (1604-1609) estableció la manera de exonerarse del pecado: El pecador en la penitencia debe "considerar que a offendido a Dios, que le dio ser i por momentos le haze tantas mercedes, i le tiene la bienaventuranza para si se arrepiente, i infierno para si muere en peccado mortal". Por ello, la confesión auricular cobra enorme fuerza en el siglo del Barroco.[8]
El miedo al purgatorio y la necesidad de
librarse de los pecados están en la base de los rituales de muerte, aspecto al
que dedicaremos una próxima entrega. Las
Constituciones sinodales de Sevilla (1604-1609) establecían que la Iglesia "constanter
tenet Purgatorium esse, animasque ibi detentas fidelium suffragiis iuvari".
Es decir se mantiene la existencia del
purgatorio, y la idea de que las almas
de los fieles podrían ser ayudadas mediante sufragios.[9]
Frente
al pecado, la Iglesia impone la necesidad de la confesión auricular y de las las bulas de indulgencias, Las Constituciones sinodales de Sevilla (1604-1609)
dicen: "Potestatem indulgentias conferendi a Christo in Ecclesia
relictam esse; illarumque usum christiano populo maxime salutarem esse affirmat".
Cristo dejó a la Iglesia el poder de conceder indulgencias, y afirma que su uso
es de lo más saludable para el pueblo cristiano.[10]
Representación del Purgatorio
El
profesor Rodríguez Molina habla de un “proceso de confesión, pena e
indulgencia” que solo puede administrar la Iglesia, dado por Cristo en el poder
de las llaves, y “La Iglesia al conceder la indulgencia aplica su tesoro, que son los
méritos sobreabundantes de Cristo y los santos para la remisión de la pena. En
este proceso, la Iglesia aparece como la
administradora (no dueña) de ese tesoro, pero si el vehículo para la concesión
de la indulgencia.
Ya las Constituciones sinodales de Sevilla de 1586 insistían en la importancia de la confesión e instaban a los curas a poner el máximo celo en ello. El profesor Rodríguez Molina nos recuerda sus principales indicaciones: El cura debía amonestar a sus parroquianos sobre la obligación de confesarse, al menos, por Pascua, entre el domingo de Ramos y el domingo de Quasimodo. Era, pues, un precepto general de la Iglesia Católica confesar una vez al año por la Cuaresma, y recibir el Santísimo Sacramento de la Eucaristía por la Pascua de Resurrección, desde el Domingo de Ramos al Domingo de Quasimodo, inclusive. En caso negativo, los prelados debían confeccionar los padrones de parroquianos no confesados, quienes, además, debían ser nombrados en público y en voz alta, para escarnio y conocimiento de sus convecinos, y castigados con un ducado de pena. La persistencia podía acabar en la pena de excomunión.
Los curas debían recoger en un libro a todos los fallecidos en sus parroquias, explicitando además el nombre de sus albaceas testamentarios y herederos. Se insistía a los curas sobre la necesidad de que en sabiendo que algún parrochiano suyo está enfermo, le visiten y amonesten que confiese y reciba los sanctos sacramentos, y haga testamento".
Los pecados más graves eran reservados a la
confesión del propio obispo: excomunión mayor a jure vel ab homine; juramento
hecho en daño del prójimo, homicidio voluntario, sacrilegio, sortilegio, matrimonio clandestino, usuras y renuevos y diezmos
retenidos.
«Quienes no
confiesen a lo menos una vez en el año todos sus pecados a su propio cura y no
reciban la comunión en la Pascua de Resurrección, u ocho días antes o después,
no deven ser recebidos a la comunión i participación de los fieles cristianos, ni
a los otros sacramentos eclesiásticos i, muriendo, deven carecer de
eclesiastica sepultura».
También se insistía en la obligación de los curas de amonestar a los médicos para que aconsejaran a los enfermos la obligación e confesar y comulgar so pena de excomunión i de doscientos maravedís. Por último, instaban a los padres “que tienen hijos o hijas de edad que lo puedan aprender i esclavos o esclavas, les enseñen el Pater Noster, el Ave María, i el Credo, i la Salve Regina, i los Artículos de la Fe, i Mandamientos de la Sancta Madre Iglesia i Sacramentos della, i los lleven o hagan ir a las iglesias los Domingos i Fiestas de Guardar a oir missa i la doctrina cristiana, i vos, los dichos curas, al tiempo del Offertorio, enseñad la doctrina cristiana, como está mandado.
Los otros templos
En la segunda mitad del siglo XVI se levantó
también la ermita de San Sebastián, se ultimó la de Santa Ana con la nueva
imagen y, de forma paralela, el Hospital de la Misericordia y la Capilla anexa del Santo
Cristo que, desde la década de 1570, daba cobijo a la Cofradía de la Vera Cruz .
La
antigua ermita de San Sebastián
remonta su existencia a la segunda mitad del siglo XVI. Se trató de una ermita erigida
extramuros del lugar de Valverde. F. Arroyo Navarro sitúa su construcción a
caballo entre las décadas de 1570 y 1580. A través de los protocolos notariales,
F Arroyo rastreó algunas mandas testamentarias cuyo destinatario no era otro
que el «señor San Sebastián»[11]. En el siglo XVII la presidía una «imagen de San Sebastián en un nicho de
madera sobredorada» y disponía de su propio administrador.
En
cuanto al Hospital de la Misericordia,
en opinión de Luis Arroyo su construcción fue auspiciada por Lucía Ramírez que
lo dotaría con «generosidad inusitada»[12]. En su
opinión, su finalidad fue recoger y curar a los pobres desvalidos y vecinos de
la villa. En el edificio y capilla del Hospital residieron las Cofradías de la Vera Cruz y Nuestra
Señora de la Misericordia. En la esquina del Hospital de la Misericordia seguía habiendo solares sin
construir, uno de ellos era propiedad de
Beatriz García, viuda de Domingo Gómez, que dejó en herencia a su hijo
Francisco Martin, cuya puerta salía a la Calle Real.[13]
La Coronada. Luis Arroyo fija la fecha del hallazgo de la imagen de esta virgen tan
venerada en Valverde. Lo sitúa a «principio de septiembre de 1520»,
afirmando basarse en «la escrita tradición de referencia», aunque no
aporta documentación que sustente tal afirmación. Estudios posteriores demuestran
que la ermita estaba en pie con anterioridad al año 1425. Por entonces la
hermandad de San Vicente Mártir de Zalamea arrendaba a las ermitas de Santa
María de España y de La
Coronada dos calderas de su propiedad para sus festejos.[14]
González
Gómez y Carrasco Terriza sitúan a la Virgen de Coronada en
el catálogo de vírgenes onubenses encontradas en los siglos XIII al XV, momentos
de reconquista y repoblación, junto a la
moguereña Virgen de Montemayor, la Virgen de la Estrella de Chucena, la Virgen del
Prado de Higuera de la Sierra, la Virgen de Luna de Escacena, La Bella de Lepe,
Las Angustias de Ayamonte, Blanca de Villablanca, La Cinta de Huelva, del Valle de Manzanilla y La Palma, de los Remedios de Villarrasa o de Tórtola de
Hinojales.[15]
El códice de Fray Felipe de Santiago, en 1714, recoge una vieja
leyenda, carente de cualquier autenticidad,
la de Tomasuco, hijo de Juan Andúbalo, quién debió vivir en el ocaso del
mundo visigodo, y del posterior hallazgo, en 1520, por parte del pastor Pedro
Márquez, quien al refugiarse en el
santuario de la virgen de España para protegerse de una tormenta, y bajo una
piedra, halló una imagen pequeñita con un papel manuscrito de Tomasuco Andúbalo
que narraba que aquella imagen de la
Virgen le sirvió de consuelo durante las invasiones sarracenas, y que la
ocultó, para protegerla de los herejes, en aquella humilde ermita cuando se
sintió enfermo. El pastor se llevó la imagen a su choza pero ésta desapareció
volviendo a encontrarla en el mismo paraje. Informó a las autoridades de
Calañas y Valverde del Camino, quienes acordaron construirle una ermita.[16]
La
leyenda recurrente de estas apariciones marianas de los siglos bajomedievales
repiten los mismos elementos de forma invariable: la ocultación de las efigies
durante la invasión musulmana, el transporte de la reliquia en el morral por
parte de su humilde descubridor, la vuelta casi milagrosa de la imagen a su
primitivo emplazamiento y la construcción de un santuario en el lugar de la
aparición.
La
versión valverdeña de esta leyenda sobre el origen de la ermita de la Coronada nace
asimismo de la pluma de Luis Arroyo. Afirmaba que un pastor, en este caso valverdeño,
llamado Juan Márquez, -conocido más tarde como Juan el de la Santa- estaba apacentando
ganado, cuando le sorprendió la lluvia y se guareció en una pequeña gruta a
orillas del río Odiel. El resto de la historia es idéntica a la de Fray Felipe
de Santiago.
González y Carrasco hablan de “ingenua leyenda”,
mientras que José A. Gómez Marín habla de la
“descabellada imaginación” de Fray Felipe de Santiago en relación no
solo a La Coronada, sino también a La virgen de los Milagros de La Rábida[17]
y al resto de vírgenes de la provincia.
En estos años, se documenta una fuerte devoción a
la vírgenes de Coronada y del Rosario, Santa
Ana y San Sebastián e incluso, aunque con menor intensidad a la Virgen de Clarines. Además, se
mantuvo la costumbre de la limosna de
San Antón, que ya existía en el
siglo XV. De ello hablaremos en la próxima entrega
[1] A.P.V. 1564,
nov, 30. Testamento de Francisco Pérez Calvo Leg. 1.
[2] Se basa en una
manda testamentaria de 1597 de la que no da titular.
[3] Un Breve Apostólico o Pontificio es un documento
circular firmado por el Papa y refrendado con su anillo de menor longitud e importancia que los demás
documentos papales, la bula, la encíclica o la carta apostólica.
[4] «Una de las partes en que los Romanos
dividían el día artificial, y era de las tres primeras horas de la mañana.
Usase oy desta voz en las Universidades, en donde se llama Lección de prima la
que se explica a esta hora, y Cathedrático de prima el que tiene este tiempo
destinado para sus lecciones». (Diccionario de
Autoridades. Tomo V (1737).
[5] Vid CANDAU CHACÓN, María L. (1993) : La carrera eclesiástica en el siglo XVIII: modelos, cauces y formas de promoción en la Sevilla rural. Universidad de Sevilla, p. 393.
[6] Vid. MENÉNDEZ PELÁEZ; Jesus: “Teatro e iglesia: las constituciones
sinodales, documentos para la reconstrucción del teatro religioso en la Edad
media y el Renacimiento español”.
Archivum: Revista de la Facultad de Filología, ISSN 0570-7218, Tomo
48-49, 1998-1999, págs. 271-332 .
[7] “Constituciones
del Arzobispado de Sevilla, hechas y ordenadas por el ilustrísimo y
reverendisímo Sr. D. Fernando Niño de Guevara, Cardenal y Arzobispo de la Santa
Iglesia de Sevilla, en la sínodo que celebró en su catedral año de 1604, y
mandadas imprimir por el Deán y Cabildo, Canónigos in sacris, sede vacante, en
Sevilla, año de 1609. Se reimprimen de orden del Sr. Cardenal Tarancón,
Arzobispo de esta diócesis”. Librería Española y Extrangera, 1971.
[8] Vid. RODRÍGUEZ
MOLINA; José (2008): “La confesión auricular. Origen y desarrollo histórico”. Gazeta de Antropología, nº 24.
[9] Ibídem.
[10] Vid. RODRIGUEZ
MOLINA; José (2008): La confesión auricular…
[11] En 1577, un valverdeño donó un
real. En 1585, otro valverdeño donó cuatro ducados para la obra de señor San
Sebastián. De estas donaciones podemos
presuponer que la ermita se construyó entre finales de la década de 1570 y se
mantuvo durante la década de 1580.
[13] A.P.V.
Inventario. 23 de mayo de 1604.
[14] VAZQUEZ LEON, A., Ermitas
rurales de la Provincia
de Huelva, Diputación: 1997, p. 119 y 149.
[15] GONZÁLEZ GÓMEZ, J.M. y. CARRASCO
TERRIZA, M.J. (1992): Escultura mariana
onubense. Diputación de Huelva, pp. 423-424.
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