VALVERDE Y
SU PARROQUIA EN EL SIGLO XVI (VI): EL MANTENIMIENTO ECONÓMICO DE LA IGLESIA. DIEZMOS,
PRIMICIAS Y LIMOSNAS,
Juan Carlos Sánchez Corralejo.
IES DON Bosco
IES DON Bosco
Facanias. Diciembre de 2018,. ESpecial de NAvidad, paginas 22-26.
LA FÁBRICA PARROQUIAL
El mayordomo de fábrica era el
encargado de recaudar las rentas de la iglesia y cuidar de la fábrica, esto es, del edificio de la propia iglesia, de su mantenimiento y decoro.
De antiguo, pertenecía al obispo
la inspección de las fábricas parroquiales, aunque acabaron cediendo sus
atribuciones a los arcedianos y estos a los curas. Después se nombraron para
este cargo a seglares notables y celosos del culto divino. Esto es lo que se
dispuso en el Concilio General de Viena del año 1311.[1]
Para aliviar a los pastores de la
pesada carga de la administración económica, las fábricas fueron dotadas de
mayordomos de fábrica y de consejos de fábrica.
La
Visita
El mandato del mayordomo de
fábrica acababa con la rendición de
cuentas al visitador, que era
asentada en el libro de fábrica, según un riguroso orden previamente
establecido y bien conocido. Primero se tomaba cuenta de los cargos o adeudos,
con expresión de todos los ingresos; le seguía el asiento de las rentas de las propiedades rústicas y
urbanas, los diversos censos obtenidos a través de donaciones pro remedio animae, y los derechos
eclesiásticos, como los diezmos y primicias. A continuación se asentaban los ingresos
adventicios, procedentes de las ofrendas de los fieles y de los aranceles resultantes
de la celebración de exequias o administración de sacramentos.
Lo mismo se hacía con la data,
especificando los costes de las obligaciones de la iglesia, los sueldos del
personal al servicio de ella, y los referentes a los gastos periódicos derivados
de fiestas y mantenimiento, obras
extraordinarias, a menudo ordenadas por la visita anterior o aprobadas por el
Provisor o por el Mayordomo mayor de Fábrica. En caso de alcance, o de balance
negativo, el administrador y sus derechohabientes, debían responder con sus
bienes. Finalizaba la visita con los mandatos y con el nombramiento de un nuevo
mayordomo.
En la década de 1540, la Iglesia de Valverde recibe las visitas pastorales de Fray García de Loaysa (1479-1546),
arzobispo de Sevilla. Previamente había sido confesor de Carlos V y obispo de Osma, presidente del Consejo de Indias y de la Santa
Cruzada, y cardenal desde 1530, antes de ser nombrado obispo de Sigüenza y
finalmente de la diócesis hispalense.[2]
Fray García de Loaysa
Sabemos que en 1588 el Visitador del arzobispado, Jerónimo Pacheco, exhortaba a la clerecía
local a acudir al provisor y gobernador arzobispal a fin de nombrar un nuevo
aparejador que prosiguiera la construcción del nuevo templo parroquial.[3]
En junio de 1602 visitó la parroquia y su
fábrica el licenciado Francisco de Mendoza, Visitador General
de nuestro arzobispado. El valverdeño
Alonso Sánchez se comprometía entonces a
llevar las cuentas de las rentas y a mantener al día el inventario de las
vestimentas pastorales, del oro y plata de la parroquia, de las herramientas, y de las jarcias[4]:
“dezimos que por quanto su merced el Visitador, el licenciado Francisco
de Mendoza, Visitador General de este arzobispado, por el Ilustrísimo Cardenal
Arzobispo de Sevilla vino a bisitar la
Iglesia deste dicho lugar y fabrica della y la visitó y tomó las quentas en dos
días del mes de junio deste año de la fecha, siendo mayordomo de la dicha
fábrica Alonso Sánchez, vecino deste
dicho lugar, y en las quentas que le tomó
le alcançó en duzientas y ochenta y tantos mil mrs. Como más largamente en el dicho alcance y
quenta se contiene y porque el dicho visitador le tornó a nombrar al dicho
Alonso Sánchez por mayordomo de la dicha fabrica se obligaron a cada y
quando que fuere tomada quenta al dicho
Alonso Sánchez de los dichos marauedís con todos los demás que la dicga fábrica
tuviere de sus rentas en todos los años y tiempo que la mayordomía el dicho
Alonso Sánchez tuviere a los pagar a la dicha
fábrica y a quine por ella los ubiere de aver sin plazo ni contienda alguna con
más las rentas que pareçiere aver tenido
la dicha Yglesia, y que darán buena quenta , fiel y verdadera de llos dichos
rentos [sic] de la dicha fábrica con más el oro y plata que por aventario [sic]
la dicha iglesia tienen, y todo servicio de vestimentas y todo género de ropas con más todas las herramientas y xarçias que por
auentario y sin él, la dicha Yglesia tiene y tuviere en el tiempo de su administración de
mayordomo …» [5]
El mayordomo y sus
fiadores debían “obligar sus personas y bienes”, al decir de esta vieja fórmula
notarial. En las parroquias, el
mayordomo, laico o clérigo, debían rendir cuentas anualmente al ordinario[6].
Estos mayordomos eran nombrados por un año. Debía afianzar con bienes
suficientes su solvencia, mediante escritura notarial.
Fecha
|
Mayordomo
|
Fiadores
|
1602
|
Alonso
Lorenzo del Pozo
|
|
7/06/1604
|
Alonso
Sánchez
|
Alonso
Lorenzo del Pozo
Fabián
Martínez (hermano del cura Mateo Escudero
|
Fianzas de la
mayordomía. Protocolos notariales
Ya hemos dicho que el mayordomo podía ser
eclesiástico o laico. A este último rango pertenecía Alonso Sánchez, un potentado local, del que apenas conocemos que no sabía
firmar y debemos entender que tampoco leer, y que en 1603 había comprado unas
Casas-Palacio en la Calle de Peñas, propiedad anterior de Diego Díaz Marismeño
Simón.
DIEZMOS, PRIMICIAS Y OBVENCIONES.
A
partir de 1478 comienzan las series
diezmales de Valverde[7], lo que nos informa del desarrollo del caserío y de su iglesia, desde
al menos el último tercio del siglo XV.
El diezmo es un
gravamen de origen medieval, que se impuso con carácter general desde el siglo
XI, tanto en Castilla y León, como en la Corona de Aragón, que fue reforzado en
el Concilio de Letrán (1215). Los vecinos –en su condición de fieles- debían
entregar a la Iglesia el diez por ciento sobre el producto bruto -esto es, sin deducir los gatos de la producción-
de la labranza y la crianza, con la
finalidad de contribuir al sostenimiento del clero secular.
A lo
largo de la Edad Moderna, el diezmo se distribuía de la siguiente forma: un
tercio para el alto clero diocesano, esto es, el Arzobispado; un tercio para el
párroco de la villa o lugar; y de la ultima tercera parte, un 33% se destinaba
a las fábricas de la Iglesia dedicadas a su sustento, obras de mantenimiento y
reparación, y el 66% restante iba a manos de
la hacienda real. Se trata de las tercias reales, que equivalía a dos
novenas partes, como concesión del pontífice Inocencio IV a mediados del siglo
XIII por la presión de los monarcas castellanos, que argumentaban que dicho
peculio iba destinado a la cruzada contra los musulmanes de Al-Ándalus. Los
siguientes Papas perpetuaron la concesión. Inicialmente era el párroco quien
recibía todo el diezmo y confeccionaba la tazmía o división tripartita.
En Valverde, su distribución era la
siguiente:
15ª. Que los derechos impuestos sobre las / tierras del término se
reducen a los [diezmos] / de que pertenecen siete novenos a la / Santta
Iglessia de Sevilla y sus parttici/pes eccleciásticos, dos novenos de los diezmos de / granos al estado
de Medina Cidonia; Un noveno en los de maravedís al / estado de Medina Celi y
otro a Su Majestad; y La Primicia al párroco y Voto de / Santiago a la Santta
Yglessia de Galizia.
40. Que a Su Majestad pertenece un noveno / en los
diezmos de maravedís, como se expresa / al artículo quinze, sobre cuio producto
se / remiten a la certificación que diere la Ofi- / cina a quién toca en la que
constará el / modo de su administración.[8]
A
partir de 1564, primer año de los protocolos notariales valverdeños
conservados, podemos seguir el proceso de
recolecta de la Renta del Pan con
destino al arzobispado de Sevilla.[9]
En el
siglo XVI domina el sistema de arrendamiento antes de que se eligiera la
administración directa. Algunos datos sueltos, pocos en realidad, nos ayudan a
hacernos una idea del procedimiento. Los valverdeños Pedro Lorenzo de la Fuente
y Benito Hernández Herrero arrendaron su cobro en el año 1564. En el año 1583,
varios valverdeños, a saber, Juan Martín Camacho y Alonso Pérez de la Mora,
como principales y en calidad de fiadores; Juan Caballero del Aldehuela –uno de
los fundadores de la primera capellanía valverdeña; Diego González Camacho, el mozo; Alonso Pérez Blanco y Pedro
Lorenzo del Valle, además de les esposas de los casados, arrendaron el diezmo
del pan del termino de San Benito del
Álamo, del lugar de Beas, al
arzobispado de Sevilla.[10]
Más
adelante, las villas importantes cuentan con su propio receptor de la renta del
pan. Se ha pasado del sistema de arrendamiento al de administración directa. Ambos
exigían el control del cobro pormenorizado y la existencia de desfases. En 1564,
un testador llamado Lorenzo Pérez reconocía deber a los dezmeros media fanega de trigo y cuatro almudes de cebada [11]
Año
|
Arrendadores
|
Fiadores
|
1564
|
Pedro Lorenzo de la Fuente
Benito Hernández Herrero
|
|
1583
|
Juan Martín Camacho
Alonso Pérez de la Mora
|
Juan Caballero del Aldehuela
Diego González Camacho, el mozo,
Alonso Pérez Blanco
Pedro Lorenzo del Valle,
|
1604
|
García Hernández Caballero
|
Cristóbal García
Alonso Pérez Blanco
Juan Martin
Las esposas (Catalina García e Isabel Ramírez)
|
Rematadores de la renta de pan
(trigo y cebada) de Valverde del Camino
Los novenos de la Iglesia
La Casa-Cilla de Valverde servía para
cobijar los novemos de la Iglesia, esto es el 33% del tercer tercio del trigo diezmal o, si se prefiere, el
12,34% del monto total del diezmo[12]..
Casa Cilla de Valverde, tristemente desaparecida.
La
fabrica parroquial no solo concede censos redimibles, sino que además vende trigo procedente del diezmo. En el verano de 1603 fue
vendido a dos vecinos de Villarrasa, Francisco Rodríguez y Gonzalo de Contreras,
quienes arriendan o compran por mitad 140 fanegas de trigo de la cilla a precio de 25 reales cada fanega[13]. Pero, poco después, el
mayordomo de fábrica de Nuestra Señora del Reposo, Alonso Sánchez, se vio obligado a apoderar a Antón de Vera para cobrar débitos a estos dos vecinos de
Villarrasa, que se demoraban en el pago del
trigo de “sus novenos y rentas”.[14]
En
1604, Gonzalo de Contreras, vecino de Villarrasa,
había comprado 54 fanegas y tres almudes. Una parte la pagó de contado, pero la
restante, 18 fanegas de trigo y 9 almudes, se pagaría en diferido por el día de San Pedro.
El precio ahora es de 20 reales la fanega para un pago definitivo de 373
reales. Se imponía una renta de 14 al millar “como es uso y costumbre de se vender en estos Reynos de Castilla”. [15]
Los otros diezmos: leche,
primeros y segundos menudos.
De la
misma manera, la Iglesia Metropolitana de Sevilla cobraba los llamados primeros
y segundos menudos y las rentas de la miel y cera, del vino y de la leche. Los propios protocolos notariales nos acercan
a esta realidad.
Rematador
|
Fiadores
|
||
1º
menudos
|
44.00
mrs
|
||
2º
menudos
|
Alonso
Pérez Blanco y Catalina Hernández
|
Gonzalo
Martin Marques
Gabriel
Ramirez
Benito
García
|
Diezmo de menudos de 1603.
Rematador
|
Fiadores
|
|||
1º
menudos
|
Remate
en Corral de los naranjos (Sevilla). Fianza
en Valverde 7/06/1604
|
García
Hernández Caballero
|
Andrés
Martín
Gregorio
Martín Márquez
|
Por
tercias partes de 4 4n 4 meses . 1º
paga abril de 1604
|
2º
menudos
|
Remate
en Corral de los naranjos (Sevilla) Fianza en Valverde 20/06/1604
|
Alonso
Pérez Blanco
|
Juan
Martin Blanco
Juan
Martin Borrero
|
Tercias
partes
|
Renta de primeros
menudos 1604
Los primeros menudos eran pagados al deán y
cabildo de la Iglesia de Sevilla, a través de la Vicaria de Trigueros. Alonso
Pérez Blanco, casado con Catalina García, se especializó en el arrendamiento de
algunas de estas rentas. En 1603 remató el cobro del diezmo de la leche, y en 1604 la renta de los segundos menudos (1604).
CENSOS REDIMIBLES
El último capítulo de la Visita, uno de los
más importantes, lo constituía la
concesión de censos redimibles por parte
de la fábrica parroquial. A ello dedicaremos un estudio más pormenorizado.
Valga por ahora constatar que el primer censualista de la localidad fue la propia
fábrica parroquial. Sirva para dar testimonio de esta realidad los siguientes
datos de princi9pios del siglo XVII:
Censualista
|
Monto
|
Aporte
anual
|
%
|
Hipoteca
|
Paga
|
|
1603, febr. 9
|
Andrés Martin de la Mora
y Juana Domínguez
|
25 ducados (=9375 mrs.)
|
670 mrs
|
Casas en el Rinconcillo,
frontero de la Iglesia y de la Puerta del Sol.
|
||
1603, oct., 11
|
Pedro Alonso del Pito
|
58 ducados
|
1.550 mrs (45 reales de plata y 20 mrs. )
|
14‰
|
Casa en C\ de Camacho,
|
Oct. 1604
|
1603, dic. 30,
|
Diego Márquez e Isabel
Pérez
|
42 ducados ( 15.750 mrs
|
3 ducados y 20 mrs.
|
14 ‰
|
Casa Calle de la Fuente
|
San Andrés
|
Censos y
tributos a la fábrica de la Parroquia del Reposo. Protocolos de Valverde
EL MANTENIMIENTO DE LA CLERECÍA
A mediados del siglo XVI, el doctor en teología Francisco Pérez Calvo recibe el tercio diezmal. A
través de su testamento declaraba otros bienes personales: una viña de 4.000
cepas en Olvera, que le dio el conde de Ureña, que logró vender a través de su
hermano Gonzalo Calvo, y una casa en Olvera valorada en 40.000 maravedís. Además,
remataba junto al arcediano el coste de la venta de la bula de la Santa Cruzada.[16]
El
mantenimiento económico de la clerecía local se complica. El número de clérigos
crece en proporción al vecindario valverdeño, pero con ello también crecieron
las disputas en el beneficio simple existente. Entre el personal eclesiástico de la Iglesia de Valverde,
la diócesis establece la existencia de un beneficio eclesiástico y
más tarde de media prestamera[17], dotados ambos con una participación proporcional
en los diezmos y las restantes rentas de la Iglesia.
Juan Fernández de Lorca, doctor en teología,
había sido cura único de Valverde. Peor entonces llega a nuestro pueblo Mateo
Escudero, procedente de Murcia. Era hijo de Luis Martin y
Magdalena Sendero, y llegó a Valverde, creemos que en 1602, junto a su hermano
Fabián Martínez. Ambos curas se afincan de manera definitiva en Valverde. En 1604, Juan Fernández de Lorca
compró un corral-cortinal en el Barrio Viejo[18], mientras que Mateo
Escudero vendió la casa de Murcia que heredó de sus padres, a través de su
hermano Fabián Martínez, para vivir en
nuestro pueblo.[19]
EL PLEITO DE LAS PRIMICIAS Y
OBVENCIONES (1603)
En el año 1603 Valverde vive disputa y litigio por motivo de las primicias y obvenciones. El pleito fue interpuesto por el doctor Juan Fernández
de Lorca para discernir acerca de las primicias[20] que los vecinos de Valverde debían al citado doctor en teología,
sobre todo ante la llegada de un compañero, el licenciado Mateo Escudero, con
quien debía compartir en adelante su estipendio.
Las Primicias eran las ofrendas que, en el
origen de las religiones o cultos primitivos, se daban a las divinidades con
ocasión de las cosechas, del nacimiento de las crías del ganado o de los frutos
de la caza. En el cristianismo, al
inicio de la Edad Media, se convirtió en
un tributo obligatorio que fue incorporado a los beneficios eclesiásticos, como
el diezmo, siendo una figura de recaudación fundamental en la Iglesia católica
hasta bien entrado el siglo XIX[21]. Las obvenciones
parroquiales eran las limosnas de los fieles.
La tensión entre los clérigos obligó a intervenir a los munícipes del
concejo. En esta tesitura, el cabildo apoderó a Mateo Escudero, clérigo de la
parroquia, para acudir al provisor de Sevilla y en caso de necesidad al
Cardenal de la diócesis sevillana. Se trataba de dirimir la forma de repartir
las primicias y obvenciones entre los clérigos de la Iglesia local. El nuevo
cura abogaría por un reparto “por medio ni más ni menos” y creemos entender que
el doctor en teología querría mayor parte personal para sí.[22]
El cabildo parece salir en defensa de un reparto equitativo “vuestro –en referencia a Mateo Escudero- y de los demás curas puestos por el
ordinario en este dicho lugar”. También pesaba una cuestión crematística. Los
munícipes confiesan haberse gastado 300 ducados en el seguimiento del pleito y
buscan un acto de concordia entre los afectados.
El doctor Juan Fernández de
Lorca y el licenciado Mateo Escudero
fueron citados en las casas de
cabildo el 2 de septiembre de 1603.
«Dixeron que ellos an estado en este dicho
lugar tiempo de seis años poco más o menos seruiendo de curas en este dicho
lugar a las `parejas sacramentando y predicando y haciendo domenas a
semanas, diziendolas // de prima y tercia
y ante el dicho cabildo y honbres buenos deste dicho lugar fueron convenidos,
conçertados e igualados los dichos
doctor y liçençiado que an de partir las priminçias y ovençiones deste dicho
curato agora y para siempre jamás y a de pagar cada uno el grauamen de subsidio y escusado y lo que al beneficiado de
desta Iglesia se le da a partes parejas
cada uno lo que le cabe de parte , y lo que es las premençias y el primero año a cosechar del año venidero de
seiscientos y tres en adelante; y lo que
toca a las obvenciones no se trata porque por quanto las parten dendes el
primero dia que ovo dos curas que haze
agora seis años y ni más ni menos se acude partir para siempre como las dichas
premençias y es contrato ante el dicho cabildo y testigos que en ausencia y
falta de qualquiera de los dichos doctor y liçençiado que el propio contrato
sea con qualquiera otro cura que en lugar de qualquiera de los susodichos entre
en qualquier tiempo que sea para siempre jamás».[23]
Se pretendía,
de esta forma, garantizar el recibimiento
de los futuros curas de la Iglesia local , buscando la armonía y el entendimiento. El concierto tuvo
el refrendo del cabildo, no así de los interesados. La escritura no se otorgó
finalmente. Pese a ello, desde ese momento cada uno de los dos se convirtió en vice-beneficiado.
Continuará (…)
[1] Vid entrada
“Fábrica de iglesia", en Diccionario General de Derecho Canónico, OTADUY,
Javier, VIANA, Antonio y SEDANO, Joaquín (Dirs. y Coords.), Pamplona, Aranzadi - Instituto Martín de
Azpilicueta, Facultad de Derecho Canónico, Universidad de Navarra, 2012, v.
III, pp. 887-889.
[2] A.P.V. 1564,
noviembre, 30. Testamento de Francisco Pérez Calvo . Leg. 1. Sabemos de esas visitas pastorales a través
del vicario Francisco Pérez Calvo, quién no olvida un
débito -en concreto tres cahíces de trigo y dos de cebada- que le dejó a deber
en una de esas visitas y que años después reclamaba a las herederas del obispo
a través de su testamento.
[4] Según el
diccionario de Autoridades el término “xarcia”
hacía referencia al conjunto de cosas diferentes sin orden ni concierto.
Aluden pues al resto de bienes o especies menudas de distinta índole y
normalmente de poco valor
[5] A.P.V. Fianza
de la mayordomía de la Iglesia del año 1604. 7 de junio de 1604 Leg. 1
[6] Concilio de Trento, S. XXII, c. 9..
[7] LADERO
QUESADA, M.A., y GONZÁLEZ JIMÉNEZ, M. (1979): Diezmo eclesiástico y producción de cereales en el Reino de Sevilla
(1408-1503), Sevilla.
[8] A.M.V. Respuesta 15ª y 40ª de las
particulares del Catastro de Ensenada.
[9]A.P.V. 8 de
noviembre de 1564. Obligación por la renta del
pan. Leg. 1. La obligación asciende a 29 fanegas menos cuartillo de
trigo macho.
[10] A.P.V. 7 de julio de 1583. Obligación por la renta del diezmo de pan,
trigo y cebada. Leg. 1 . Las primeras referencias escritas sobre Beas las encontramos tras la
conquista castellana del reino de Niebla en 1.262. La nueva organización del
Concejo de Niebla establecida por Alfonso X, incluía la aldea de Beas, así como
a otro núcleo conocido como San Benito del Álamo, en cuyas cercanías aparecen
asentados estos valverdeños que arriendan el cobro de sus diezmos. Para saber
algo más de su evolución. Vid. “La Iglesia y la Religiosidad en la Huelva
bajomedieval. Huelva en la edad media 20 años después: Reflexiones, anotaciones
y nuevas.., pp. 150.
[11] A.P.V. Testamento de Lorenzo Alonso. 26/11/1564. Leg.
1.
[12] Acerca de su
historia vid. Pósitos, cillas y tercias en Andalucía:
Catálogo de antiguas edificaciones para el almacenamiento de granos. Sevilla:
Dirección General de Arquitectura y Vivienda (Junta de Andalucía), 1991. El
edificio estaba situado en la c/ Real de Abajo nº 41 en la zona que
tradicionalmente se conoce en Valverde como El Cantón. Durante el Antiguo
Régimen fue la cilla de la Parroquia de Valverde del Camino, es decir, el
depósito donde se almacenaban los diezmos de la Iglesia. En el siglo XIX, la
citada casa era usufructuada por el cura don Vicente Linares quien la arrendaba
al ayuntamiento de Valverde como escuela al precio de una peseta diaria. En el
año 1888 se desprendió la techumbre siendo reparada al año siguiente y continuó
como sede de una de las tres escuelas de niños que había en la localidad por
aquellos años (RICO PÉREZ, A. Valverde
y las Salesianas. 1893-1993, Sevilla, 1993, pág. 27). Cuando se
instaló en la población el primer Juzgado de Instrucción, en la década de 1880,
el ayuntamiento trató de conseguir su propiedad, pero esto no fue posible. La citada construcción y su fecha de
construcción queda recogida en la siguiente publicación de la Dirección General
de Arquitectura y Vivienda de la Junta de Andalucía:
[13] A.P.V. Obligación.
20 de julio de 1603. Leg. 1.
[14] A.P.V.
Escritura de poder. 6 de diciembre de
1603. Leg. 1.
[15] Obligación
contra Gonzalo de Contreras. 8 de
marzo de marzo de 1604. Leg. 1
[16] A.P.V.
testamento de Francisco Calvo. 30 de noviembre de 1564. Leg. 1.
[17] Una prestamera es un estipendio o pensión procedente de rentas
eclesiásticas que se daba, con carácter temporal, a los que estudiaban para
sacerdotes. El beneficio simple otorgaba rentas a su titular o beneficiario, Los más habituales eran la mayordomía y la prestamera. El ejercicio de estos cargos y de las rentas
asociadas a ellos derivó el algún que otro pleito.
[18] A.P.V. 3 de
octubre de 1604. Leg. 1 . Lindaba con cortinal de los herederos de Diego Bernal
Alamillo y con otro corral de Francisco
Martín de la Gamonosa en precio de 60
reales de plata.
[19] A.P.V. Poder
para vender. 4 de octubre de 1604. Leg. 1.
[20] El poder habla
literalmente de “priminçias” o de “premençias”.
[21] ELIADE; Mircea
(2004): Historia de las Ideas y las Creencias Religiosas - I. Ed. RBA, 2004
para el Volumen I). pp. 29, 32, 35 y ss, 56-57, 162.
[22] A.P.V. Poder
del concejo. 20 de agosto de 1603. Leg. 1
[23] Escritura con
el cabildo y curas en conformidad. 2 de septiembre de 1603. No se otorgó
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