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domingo, 30 de diciembre de 2018

LA PARROQUIA DE VALVERDE EN EL SIGLO XVI. EL MANTENIMIENTO ECONÓMICO. DIEZMOS, PRIMICIAS Y LIMOSNAS


VALVERDE Y SU PARROQUIA EN EL SIGLO XVI (VI): EL MANTENIMIENTO ECONÓMICO DE LA IGLESIA. DIEZMOS, PRIMICIAS Y LIMOSNAS,


Juan Carlos Sánchez Corralejo. 
IES DON Bosco 


Facanias. Diciembre de 2018,. ESpecial de NAvidad, paginas 22-26. 


LA FÁBRICA PARROQUIAL

El mayordomo de fábrica era el encargado de recaudar las rentas de la iglesia y cuidar  de la fábrica, esto es,  del edificio de la propia iglesia,  de su mantenimiento y decoro. 

De antiguo, pertenecía al obispo la inspección de las fábricas parroquiales, aunque acabaron cediendo sus atribuciones a los arcedianos y estos a los curas. Después se nombraron para este cargo a seglares notables y celosos del culto divino. Esto es lo que se dispuso en el Concilio General de Viena del año 1311.[1]

Para aliviar a los pastores de la pesada carga de la administración económica, las fábricas fueron dotadas de mayordomos de fábrica y de consejos de fábrica.

La Visita

El mandato del mayordomo de fábrica acababa con la  rendición de cuentas al visitador,  que  era asentada en el libro de fábrica, según un riguroso orden previamente establecido y bien conocido. Primero se tomaba cuenta de los cargos o adeudos, con expresión de todos los ingresos; le seguía el asiento de  las rentas de las propiedades rústicas y urbanas, los diversos censos obtenidos a través de donaciones pro remedio animae, y los derechos eclesiásticos, como los diezmos y primicias. A continuación se asentaban los ingresos adventicios, procedentes de las ofrendas de los fieles y de los aranceles resultantes de la celebración de exequias o administración de sacramentos.

Lo mismo se hacía con la data, especificando los costes de las obligaciones de la iglesia, los sueldos del personal al servicio de ella, y los referentes a los gastos periódicos derivados de  fiestas y mantenimiento, obras extraordinarias, a menudo ordenadas por la visita anterior o aprobadas por el Provisor o por el Mayordomo mayor de Fábrica. En caso de alcance, o de balance negativo, el administrador y sus derechohabientes, debían responder con sus bienes. Finalizaba la visita con los mandatos y con el nombramiento de un nuevo mayordomo.

En la década de 1540, la Iglesia de Valverde recibe las visitas pastorales de Fray García de Loaysa (1479-1546), arzobispo de Sevilla. Previamente había sido confesor de Carlos V y obispo de Osma,  presidente del Consejo de Indias y de la Santa Cruzada, y cardenal desde 1530, antes de ser nombrado obispo de Sigüenza y finalmente de la diócesis hispalense.[2]



Fray García de Loaysa

         
Sabemos que en 1588 el Visitador del arzobispado, Jerónimo Pacheco, exhortaba a la clerecía local a acudir al provisor y gobernador arzobispal a fin de nombrar un nuevo aparejador que prosiguiera la construcción del nuevo templo parroquial.[3]

En junio de 1602 visitó la parroquia y su fábrica el licenciado Francisco de Mendoza, Visitador General de nuestro  arzobispado. El valverdeño Alonso Sánchez se comprometía entonces  a llevar las cuentas de las rentas y a mantener al día el inventario de las vestimentas pastorales, del oro y plata de la parroquia, de las  herramientas, y  de las jarcias[4]:

dezimos que por quanto su merced el Visitador, el licenciado Francisco de Mendoza, Visitador General de este arzobispado, por el Ilustrísimo Cardenal Arzobispo de Sevilla vino  a bisitar la Iglesia deste dicho lugar y fabrica della y la visitó y tomó las quentas en dos días del mes de junio deste año de la fecha, siendo mayordomo de la dicha fábrica  Alonso Sánchez, vecino deste dicho lugar, y en las quentas que le tomó  le alcançó en duzientas y ochenta y tantos mil mrs.  Como más largamente en el dicho alcance y quenta se contiene y porque el dicho visitador le tornó a nombrar al dicho Alonso Sánchez por mayordomo de la dicha fabrica se obligaron a cada y quando  que fuere tomada quenta al dicho Alonso Sánchez de los dichos marauedís con todos los demás que la dicga fábrica tuviere de sus rentas en todos los años y tiempo que la mayordomía el dicho Alonso Sánchez  tuviere a los pagar a la dicha fábrica y a quine por ella los ubiere de aver sin plazo ni contienda alguna con más las rentas  que pareçiere aver tenido la dicha Yglesia, y que darán buena quenta , fiel y verdadera de llos dichos rentos [sic] de la dicha fábrica con más el oro y plata que por aventario [sic] la dicha iglesia tienen, y todo servicio de vestimentas y todo género de ropas con más todas las herramientas y xarçias que por auentario y sin él, la dicha Yglesia tiene y tuviere  en el tiempo de su administración de mayordomo …»  [5] 

El mayordomo y sus fiadores debían “obligar sus personas y bienes”, al decir de esta vieja fórmula notarial. En las parroquias, el mayordomo, laico o clérigo, debían rendir cuentas anualmente al ordinario[6]. Estos mayordomos eran nombrados por un año. Debía afianzar con bienes suficientes su solvencia, mediante escritura notarial.

Fecha
Mayordomo
Fiadores
1602
Alonso Lorenzo  del Pozo

7/06/1604
Alonso Sánchez
Alonso Lorenzo del Pozo
Fabián Martínez  (hermano del cura Mateo Escudero
Fianzas de la mayordomía.  Protocolos notariales

Ya hemos dicho que el mayordomo podía ser eclesiástico o laico. A este último rango pertenecía Alonso Sánchez, un potentado local, del que apenas conocemos que no sabía firmar y debemos entender que tampoco leer, y que en  1603 había comprado unas Casas-Palacio en la Calle de Peñas, propiedad anterior de Diego Díaz Marismeño Simón.

DIEZMOS, PRIMICIAS Y OBVENCIONES.  

A partir de 1478 comienzan las series diezmales de Valverde[7], lo que nos informa del desarrollo del caserío y de su iglesia, desde al menos el último tercio del siglo XV. 

El diezmo es un gravamen de origen medieval, que se impuso con carácter general desde el siglo XI, tanto en Castilla y León, como en la Corona de Aragón, que fue reforzado en el Concilio de Letrán (1215). Los vecinos –en su condición de fieles- debían entregar a la Iglesia el diez por ciento sobre el producto bruto  -esto es, sin deducir los gatos de la producción- de la labranza y la crianza, con la finalidad de contribuir al sostenimiento del clero secular.

A lo largo de la Edad Moderna, el diezmo se distribuía de la siguiente forma: un tercio para el alto clero diocesano, esto es, el Arzobispado; un tercio para el párroco de la villa o lugar; y de la ultima tercera parte, un 33% se destinaba a las fábricas de la Iglesia dedicadas a su sustento, obras de mantenimiento y reparación, y el 66% restante iba a manos de  la hacienda real. Se trata de las tercias reales, que equivalía a dos novenas partes, como concesión del pontífice Inocencio IV a mediados del siglo XIII por la presión de los monarcas castellanos, que argumentaban que dicho peculio iba destinado a la cruzada contra los musulmanes de Al-Ándalus. Los siguientes Papas perpetuaron la concesión. Inicialmente era el párroco quien recibía todo el diezmo y confeccionaba la tazmía o división tripartita.
 
En Valverde, su distribución era la siguiente: 

15ª. Que los derechos impuestos sobre las / tierras del término se reducen a los [diezmos] / de que pertenecen siete novenos a la / Santta Iglessia de Sevilla y sus parttici/pes eccleciásticos, dos  novenos de los diezmos de / granos al estado de Medina Cidonia; Un noveno en los de maravedís al / estado de Medina Celi y otro a Su Majestad; y La Primicia al párroco y Voto de / Santiago a la Santta Yglessia de Galizia.

40. Que a Su Majestad pertenece un noveno / en los diezmos de maravedís, como se expresa / al artículo quinze, sobre cuio producto se / remiten a la certificación que diere la Ofi- / cina a quién toca en la que constará el / modo de su administración.[8]

A partir de 1564, primer año de los protocolos notariales valverdeños conservados, podemos seguir el proceso de  recolecta de la Renta del Pan con destino al arzobispado de Sevilla.[9]

En el siglo XVI domina el sistema de arrendamiento antes de que se eligiera la administración directa. Algunos datos sueltos, pocos en realidad, nos ayudan a hacernos una idea del procedimiento. Los valverdeños Pedro Lorenzo de la Fuente y Benito Hernández Herrero arrendaron su cobro en el año 1564. En el año 1583, varios valverdeños, a saber, Juan Martín Camacho y Alonso Pérez de la Mora, como principales y en calidad de fiadores; Juan Caballero del Aldehuela –uno de los fundadores de la primera capellanía valverdeña; Diego González  Camacho, el mozo; Alonso Pérez Blanco y Pedro Lorenzo del Valle, además de les esposas de los casados, arrendaron el diezmo del pan del termino de San Benito del Álamo, del lugar de Beas, al  arzobispado de Sevilla.[10]    

Más adelante, las villas importantes cuentan con su propio receptor de la renta del pan. Se ha pasado del sistema de arrendamiento al de administración directa. Ambos exigían el control del cobro pormenorizado y la existencia de desfases. En 1564, un testador llamado Lorenzo Pérez reconocía deber a los dezmeros media fanega de trigo y cuatro almudes de cebada [11]

Año
Arrendadores
Fiadores
1564
Pedro Lorenzo de la Fuente
Benito Hernández Herrero

1583
Juan Martín Camacho
Alonso Pérez de la Mora
Juan Caballero del Aldehuela
 Diego González  Camacho, el mozo, 
Alonso Pérez Blanco
Pedro Lorenzo del Valle,
1604
García Hernández  Caballero

Cristóbal García
Alonso Pérez Blanco
Juan Martin
Las esposas (Catalina García e Isabel Ramírez)
Rematadores de la renta de pan  (trigo y cebada) de Valverde del Camino

Los novenos de la Iglesia

La Casa-Cilla de Valverde servía para cobijar los novemos de la Iglesia, esto es el 33% del tercer tercio  del trigo diezmal o, si se prefiere, el 12,34% del monto total del diezmo[12].. 




                                                             Casa Cilla de Valverde, tristemente desaparecida.

La fabrica parroquial no solo concede censos redimibles, sino que  además vende trigo procedente del diezmo. En el verano de 1603 fue vendido a dos vecinos de Villarrasa, Francisco Rodríguez y Gonzalo de Contreras, quienes arriendan o compran por mitad 140 fanegas de trigo de la cilla  a precio de 25 reales cada fanega[13]. Pero, poco después, el mayordomo de fábrica de Nuestra Señora del Reposo, Alonso Sánchez,  se vio obligado a apoderar a Antón de Vera  para cobrar débitos a estos dos vecinos de Villarrasa, que se demoraban en el pago del  trigo de “sus novenos y rentas”.[14] 

En 1604,  Gonzalo de Contreras, vecino de Villarrasa, había comprado 54 fanegas y tres almudes. Una parte la pagó de contado, pero la restante, 18 fanegas de trigo y 9 almudes,  se pagaría en diferido por el día de San Pedro. El precio ahora es de 20 reales la fanega para un pago definitivo de 373 reales. Se imponía una renta de 14 al millar “como es uso y costumbre de se vender en estos Reynos de Castilla”. [15]                       

Los otros diezmos: leche, primeros y segundos menudos.

De la misma manera, la Iglesia Metropolitana de Sevilla cobraba los llamados primeros y segundos menudos y las rentas de  la miel y cera, del vino y de la leche.  Los propios protocolos notariales nos acercan a esta  realidad.


Rematador
Fiadores

1º menudos


44.00 mrs
2º menudos


Alonso Pérez Blanco y Catalina Hernández

Gonzalo Martin Marques
Gabriel Ramirez
Benito García

Diezmo de menudos de 1603.



Rematador
Fiadores

1º menudos
Remate en Corral de los naranjos  (Sevilla). Fianza en Valverde 7/06/1604
García Hernández  Caballero
Andrés Martín
Gregorio Martín Márquez

Por tercias partes  de 4 4n 4 meses . 1º paga abril de 1604
2º menudos


Remate en Corral de los naranjos  (Sevilla)  Fianza en Valverde 20/06/1604
Alonso Pérez Blanco
Juan Martin Blanco
Juan Martin Borrero
Tercias partes
Renta de primeros menudos 1604

Los primeros menudos eran pagados al deán y cabildo de la Iglesia de Sevilla, a través de la Vicaria de Trigueros. Alonso Pérez Blanco, casado con Catalina García, se especializó en el arrendamiento de algunas de estas rentas. En 1603 remató el cobro del diezmo de la leche, y en  1604 la renta de los segundos menudos (1604).  

 CENSOS REDIMIBLES

El último capítulo de la Visita, uno de los más importantes, lo constituía  la concesión de censos redimibles por parte de la fábrica parroquial. A ello dedicaremos un estudio más pormenorizado. Valga por ahora constatar que el primer censualista de la localidad fue la propia fábrica parroquial. Sirva para dar testimonio de esta realidad los siguientes datos de princi9pios del siglo XVII:
                   

Censualista
Monto
Aporte anual
%
Hipoteca
Paga
1603, febr. 9 
Andrés Martin de la Mora y Juana Domínguez
25 ducados (=9375 mrs.)
670 mrs

Casas en el Rinconcillo, frontero de la Iglesia y de la Puerta del Sol.

1603, oct., 11
Pedro Alonso del Pito

58 ducados
1.550 mrs  (45 reales de plata y 20 mrs. )
14‰
Casa en C\ de Camacho,
Oct. 1604
1603, dic. 30,  
Diego Márquez e Isabel Pérez
42 ducados ( 15.750 mrs
3 ducados y 20 mrs.
14 ‰
Casa Calle de la Fuente
San Andrés
Censos y tributos a la fábrica de la Parroquia del Reposo. Protocolos de Valverde

EL MANTENIMIENTO DE LA CLERECÍA

A mediados del siglo XVI, el doctor en teología Francisco Pérez Calvo recibe el tercio diezmal. A través de su testamento declaraba otros bienes personales: una viña de 4.000 cepas en Olvera, que le dio el conde de Ureña, que logró vender a través de su hermano Gonzalo Calvo, y una casa en Olvera valorada en 40.000 maravedís. Además, remataba junto al arcediano el coste de la venta de la bula de la Santa Cruzada.[16]

El mantenimiento económico de la clerecía local se complica. El número de clérigos crece en proporción al vecindario valverdeño, pero con ello también crecieron las disputas en el beneficio simple existente. Entre el personal eclesiástico de la Iglesia de Valverde, la diócesis establece la existencia de un beneficio eclesiástico y más tarde de media prestamera[17], dotados ambos con una participación proporcional en los diezmos y las restantes rentas de la Iglesia. 

Juan Fernández de Lorca, doctor en teología, había sido cura único de Valverde. Peor entonces llega a nuestro pueblo Mateo Escudero, procedente de Murcia. Era hijo de Luis Martin y Magdalena Sendero, y llegó a Valverde, creemos que en 1602, junto a su hermano Fabián Martínez. Ambos curas se afincan  de manera definitiva en Valverde. En 1604, Juan Fernández de Lorca compró un corral-cortinal en el Barrio Viejo[18], mientras que Mateo Escudero vendió la casa de Murcia que heredó de sus padres, a través de su hermano Fabián Martínez,  para vivir en nuestro pueblo.[19] 

EL PLEITO DE LAS PRIMICIAS Y OBVENCIONES (1603)

En el año 1603 Valverde vive disputa y litigio por motivo de las primicias y obvenciones. El pleito fue interpuesto por el doctor Juan Fernández de Lorca para discernir acerca de las primicias[20] que los vecinos de Valverde debían al citado doctor en teología, sobre todo ante la llegada de un compañero, el licenciado Mateo Escudero, con quien debía compartir en adelante su estipendio.   

Las Primicias eran las ofrendas que, en el origen de las religiones o cultos primitivos, se daban a las divinidades con ocasión de las cosechas, del nacimiento de las crías del ganado o de los frutos de  la caza. En el cristianismo, al inicio de la Edad Media, se convirtió  en un tributo obligatorio que fue incorporado a los beneficios eclesiásticos, como el diezmo, siendo una figura de recaudación fundamental en la Iglesia católica hasta bien entrado el siglo XIX[21]. Las obvenciones parroquiales eran las limosnas de los fieles.

La tensión entre los clérigos obligó a intervenir a los munícipes del concejo. En esta tesitura, el cabildo apoderó a Mateo Escudero, clérigo de la parroquia, para acudir al provisor de Sevilla y en caso de necesidad al Cardenal de la diócesis sevillana. Se trataba de dirimir la forma de repartir las primicias y obvenciones entre los clérigos de la Iglesia local. El nuevo cura abogaría por un reparto “por medio ni más ni menos” y creemos entender que el doctor en teología querría mayor parte personal para sí.[22] 

El cabildo parece salir en defensa de un reparto equitativo “vuestro –en referencia a Mateo Escudero- y de los demás curas puestos por el ordinario en este dicho lugar”. También pesaba una cuestión crematística. Los munícipes confiesan haberse gastado 300 ducados en el seguimiento del pleito y buscan un acto de concordia entre los afectados. 

El doctor Juan Fernández de Lorca y el licenciado Mateo Escudero  fueron  citados en las casas de cabildo el 2 de septiembre de 1603.

«Dixeron que ellos an estado en este dicho lugar tiempo de seis años poco más o menos seruiendo de curas en este dicho lugar a las `parejas sacramentando y predicando y haciendo domenas a semanas, diziendolas // de prima y tercia y ante el dicho cabildo y honbres buenos deste dicho lugar fueron convenidos, conçertados e igualados  los dichos doctor y liçençiado que an de partir las priminçias y ovençiones deste dicho curato agora y para siempre jamás y a de pagar cada uno el grauamen de subsidio y escusado y lo que al beneficiado de desta Iglesia  se le da a partes parejas cada uno lo que le cabe de parte , y lo que es las premençias y el  primero año a cosechar del año venidero de seiscientos y tres  en adelante; y lo que toca a las obvenciones no se trata porque por quanto las parten dendes el primero dia que ovo dos curas  que haze agora seis años y ni más ni menos se acude partir para siempre como las dichas premençias y es contrato ante el dicho cabildo y testigos que en ausencia y falta de qualquiera de los dichos doctor y liçençiado que el propio contrato sea con qualquiera otro cura que en lugar de qualquiera de los susodichos entre en qualquier tiempo que sea para siempre jamás».[23]

 Se pretendía, de esta forma, garantizar el recibimiento  de los futuros curas de la Iglesia local , buscando la  armonía y el entendimiento. El concierto tuvo el refrendo del cabildo, no así de los interesados. La escritura no se otorgó finalmente. Pese a ello, desde ese momento cada uno de los dos se convirtió en vice-beneficiado.


Continuará (…)



[1] Vid entrada “Fábrica de iglesia", en Diccionario General de Derecho Canónico, OTADUY, Javier, VIANA, Antonio y SEDANO, Joaquín  (Dirs. y Coords.),  Pamplona, Aranzadi - Instituto Martín de Azpilicueta, Facultad de Derecho Canónico, Universidad de Navarra, 2012, v. III, pp. 887-889.
[2] A.P.V. 1564, noviembre, 30. Testamento de Francisco Pérez Calvo . Leg. 1.  Sabemos de esas visitas pastorales a través del vicario Francisco Pérez Calvo, quién no olvida un débito -en concreto tres cahíces de trigo y dos de cebada- que le dejó a deber en una de esas visitas y que años después reclamaba a las herederas del obispo a través de su testamento.
[3] ARROYO NAVARRO, F., Historia de la Parroquia de Valverde..., pp. 29-34.
[4] Según el diccionario de Autoridades el término “xarcia”  hacía referencia al conjunto de cosas diferentes sin orden ni concierto. Aluden pues al resto de bienes o especies menudas de distinta índole y normalmente de poco valor
[5] A.P.V. Fianza de la mayordomía de la Iglesia del año 1604. 7 de junio de 1604 Leg. 1
[6] Concilio de Trento, S. XXII, c. 9..
[7] LADERO QUESADA, M.A., y GONZÁLEZ JIMÉNEZ, M. (1979): Diezmo eclesiástico y producción de cereales en el Reino de Sevilla (1408-1503), Sevilla.
[8]  A.M.V. Respuesta 15ª y 40ª de las particulares del Catastro de Ensenada.
[9]A.P.V. 8 de noviembre de 1564. Obligación por la renta del  pan. Leg. 1. La obligación asciende a 29 fanegas menos cuartillo de trigo macho.
[10] A.P.V. 7 de julio de 1583.  Obligación por la renta del diezmo de pan, trigo y cebada. Leg. 1 . Las primeras referencias escritas sobre Beas las encontramos tras la conquista castellana del reino de Niebla en 1.262. La nueva organización del Concejo de Niebla establecida por Alfonso X, incluía la aldea de Beas, así como a otro núcleo conocido como San Benito del Álamo, en cuyas cercanías aparecen asentados estos valverdeños que arriendan el cobro de sus diezmos. Para saber algo más de su evolución. Vid. “La Iglesia y la Religiosidad en la Huelva bajomedieval. Huelva en la edad media 20 años después: Reflexiones, anotaciones y nuevas.., pp. 150.  
[11] A.P.V. Testamento de Lorenzo Alonso. 26/11/1564. Leg. 1.
[12] Acerca de su historia vid. Pósitos, cillas y tercias en Andalucía: Catálogo de antiguas edificaciones para el almacenamiento de granos. Sevilla: Dirección General de Arquitectura y Vivienda (Junta de Andalucía), 1991. El edificio estaba situado en la c/ Real de Abajo nº 41 en la zona que tradicionalmente se conoce en Valverde como El Cantón.  Durante el Antiguo Régimen fue la cilla de la Parroquia de Valverde del Camino, es decir, el depósito donde se almacenaban los diezmos de la Iglesia. En el siglo XIX, la citada casa era usufructuada por el cura don Vicente Linares quien la arrendaba al ayuntamiento de Valverde como escuela al precio de una peseta diaria. En el año 1888 se desprendió la techumbre siendo reparada al año siguiente y continuó como sede de una de las tres escuelas de niños que había en la localidad por aquellos años (RICO PÉREZ,  A. Valverde y las Salesianas. 1893-1993, Sevilla, 1993, pág. 27). Cuando se instaló en la población el primer Juzgado de Instrucción, en la década de 1880, el ayuntamiento trató de conseguir su propiedad, pero esto no fue posible.  La citada construcción y su fecha de construcción queda recogida en la siguiente publicación de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda de la Junta de Andalucía:
              
           

[13] A.P.V. Obligación. 20 de julio de 1603. Leg. 1.
[14] A.P.V. Escritura de poder.  6 de diciembre de 1603. Leg. 1.  
[15] Obligación contra Gonzalo de Contreras.    8 de marzo de marzo de 1604. Leg. 1
[16] A.P.V. testamento de Francisco Calvo. 30 de noviembre de 1564. Leg. 1.
[17]  Una prestamera es un estipendio o pensión procedente de rentas eclesiásticas que se daba, con carácter temporal, a los que estudiaban para sacerdotes. El beneficio simple otorgaba rentas a su titular o beneficiario, Los más habituales eran  la mayordomía y la prestamera. El ejercicio de estos cargos y de las rentas asociadas a ellos derivó el algún que otro pleito.
[18] A.P.V. 3 de octubre de 1604. Leg. 1 . Lindaba con cortinal de los herederos de Diego Bernal Alamillo  y con otro corral de Francisco Martín de la Gamonosa  en precio de 60 reales de plata.
[19] A.P.V. Poder para vender. 4 de octubre de 1604. Leg. 1.
[20] El poder habla literalmente de “priminçias” o de “premençias”.
[21] ELIADE; Mircea (2004): Historia de las Ideas y las Creencias Religiosas - I. Ed. RBA, 2004 para el Volumen I). pp. 29, 32, 35 y ss, 56-57, 162.
[22] A.P.V. Poder del concejo. 20 de agosto de 1603.  Leg. 1
[23] Escritura con el cabildo y curas en conformidad. 2 de septiembre de 1603. No se otorgó

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